Sábado 14 de agosto de 2010

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EL DOCTOR MARIO J. OSORIO SOLIZ, JUEZ INSTRUCTOR TERCERO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (Oruro-Bolivia), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
Por el presente Edicto cita y emplaza a los deudores ejecutados: CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ y DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT para que en el plazo de 30 (treinta) días, computables a partir de la primera publicación del presente Edicto de Ley comparezcan por sí o mediante apoderado a este Despacho Judicial y asuman defensa en el proceso EJECUTIVO seguido por IGOR ANTONIO ABUD TELLEZ por el BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. contra CRlSTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ Y OTROS. Así se tiene ordenado por Auto de fecha 2 de Marzo de 2010 (Ver fs. 37v.). Para tal efecto se transcriben los siguientes actuados de Ley.--- MEMORIAL QUE CURSA DE FOJAS 29 A 30 DE OBRADOS:- Lleva timbres de Ley debidamente cancelados- SEÑOR JUEZ INSTRUCTOR DE TURNO EN LO CIVIL.--- Inicial demanda ejecutiva por deuda.--- Otrosí.- Lic. IGOR ANTONIO ABUD TELLEZ, mayor de edad, casado, con C.I. No. 671398-Oruro, con domicilio en Plaza 10 de Febrero, hábil por derecho, Gerente del Banco Mercantil Santa Cruz S.A. presentándome ante su Autoridad con todo respeto digo:-- En mérito del poder especial y bastante No. 573/2006 de fecha 27 de octubre de 2006, que me permito acompañar al presente memorial acredito mi personería para representar al Banco Mercantil Santa Cruz S.A., pidiendo a su Autoridad se sirva admitir en toda forma de derecho y ulteriores diligencias me hagan conocer.-- En el ejercicio y cumplimiento del mencionado mandato, debo indiciar que el BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. mediante el documento privado debidamente reconocido ante el Notario de Fe Pública Dr. Pedro Checa Díaz de fecha 3 de agosto de 2007, concedió un préstamo de dinero No. 6010617502 con garantía personal por la suma de Bs. 24.000.- (VEINTICUATRO MIL 00/100 BOLIVIANOS) a favor del señor CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ, con los intereses bancarios, plazo y con la garantía personal de los señores DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT, VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARRO y ANGEL AURELlO DELGADO FLORES, obligación económica que los deudores no han cumplido con sus amortizaciones respectivas y en los términos establecidos en el documento de préstamo de dinero, consiguientemente habiendo incumplido, caído en mora y pasible al inicio de la presente acción judicial correspondiente.-- Por lo expuesto, inicio la presente demanda ejecutiva contra los señores CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ, mayor de edad, con C.I. 3529615-Oruro, con domicilio en Pasaje San Martín No. 300 entre 1ro. de Noviembre y Brasil, hábil por derecho, DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT, mayor de edad, con C.I. No. 3526396 Oruro, con domicilio en Pasaje San Martín No. 300 entre 1ro. de Noviembre y Brasil, hábil por derecho, VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARRO, mayor de edad, con C.I. No. 3087528-0ruro, con domicilio en calle Soria Galvarro No. 5726 entre Ayacucho y Cochabamba, hábil por derecho y ANGEL AURELlO DELGADO FLORES, mayor de edad, con C.I. No. 672553-Oruro, con domicilio en calle Washington No. 1753 entre Sucre y Murguía, pidiendo a su Autoridad, de conformidad con los Artículos 486, 487 y 491 del Código de Procedimiento Civil y el Art. 29 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Familiar No. 1760 de 28 de Febrero de 1997, incorporado al Código de Procedimiento Civil, y siendo el presente documento de plazo vencido suma líquida exigible y con suficiente fuerza ejecutiva, se sirva dictar el correspondiente Auto Intimatorio para que dentro de tercero día de su legal citación den y paguen el saldo del préstamo de la suma de Bs. 12.871.35 (DOCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO 35/100 BOLIVIANOS), más los intereses bancarios, intereses penales, gastos, costas judiciales y demás condenaciones de ley, sin perjuicio de expedirse el mandamiento de embargo contra los bienes de los deudores y lleva la presente acción hasta el trance de subasta y remate.-- De nuestra parte protestamos reconocer justos y legítimos pagos si los hubieren efectuado los deudores.--- Otrosí.- Solicito a su Autoridad se sirva disponer la retención y congelamiento de fondos de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, y contra depósitos a plazo fijo que tengan los deudores en los Bancos de nuestra ciudad y en Sistema Financiero Nacional, al efecto se disponga la notificaron a los señores Gerentes de las diferentes Instituciones bancarias de nuestra capital para que remitan a su despacho los montos retenidos, sin perjuicio de la notificación a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero "ASFI" de la ciudad de La Paz, debiendo a ese efecto librar la correspondiente Orden Instruida para la ciudad de La Paz, y sea ejecutado por cualquier Autoridad hábil y no impedida de la ciudad de La Paz.--- Otrosí 2do.- En calidad de prueba preconstituida me permito adjuntar el respectivo documento privado debidamente reconocido ante Notario de Fe Pública Dr. Pedro Checa Díaz de fecha 3 de agosto 2007, la papeleta de desembolso del dinero, abonado en la cuenta No. 4024462128, el plan de pagos, formulario de términos y condiciones, tabla de amortización que demuestra el pago de 26 cuotas de las 48 pactadas y una deuda actual, protestando de nuestra parte presentar la liquidación final en su oportunidad.--- Otrosí 3ro.- Solicito a su Autoridad se sirva disponer la notificación de la señora Juez Registradora de Derechos Reales de nuestra ciudad a objeto que eleve a su despacho un informe sobre los inmuebles y/o lotes que poseen y están registrados a nombre de los ejecutados.--- Otrosí 4to.- En cuanto a los Honorarios profesionales, nos atenemos a la iguala firmada con el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.--- Otrosí 5to.- Para saber sus providencias señalo domicilio las Oficinas del Banco Mercantil Santa Cruz S.A. Plaza 10 de Febrero, calle Presidente Montes esquina Adolfo Mier, Sección Legal.-- Será justicia, etc.-- Oruro, 3 de Febrero de 2010.-- Fdo. Abogado.-- Fdo. Interesado.---- AUTO QUE CURSA DE FOJAS 31 A 31 VUELTA DE OBRADOS:- Lleva sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.-- Oruro, 06 de Febrero de 2010.--- VISTOS: A mérito de la Fotocopia Legalizada del Poder General, Amplio, Suficiente y Especial según testimonio No 0573/2006 otorgado por la Notaria de Fe Pública de Primera Clase No 22 del Distrito Judicial de La Paz Dra. Verónica Molina Pascual de fecha 27 de Octubre de 2006, se tiene por apersonado a éste Despacho Judicial al señor IGOR ANTONIO ABUD TELLEZ (GERENTE SUCURSAL ORURO) en representación de BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. y hágasele conocer ulteriores proveídos y diligencias conforme a derecho. El instrumento que se acompaña tiene calidad de Título Ejecutivo y ser de los enumerados en el Art. 487 del Código de Procedimiento Civil, el examen de la personería de las partes, como la exigibilidad de la obligación y el plazo vencido del Documento Privado debidamente reconocido (ver fs. 29-30), intímese de pago a los ejecutados: CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ, DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT, VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARRO Y ANGEL AURELlO DELGADO FLORES para que dentro de tercero día de sus citaciones legales paguen en favor del BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A., la suma adeudada de Bs. 12.871.35 (DOCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO 35/100 BOLIVIANOS). Con la intimación de pago a los ejecutados - para la ejecución de la diligencia se recomienda observar lo dispuesto por el Art. 179 del Código de Procedimiento Civil - solo hasta el monto suficiente para cubrir la cantidad adeudada, conforme manda el Art. 491 del Código de Procedimiento Civil modificado por el Art. 29 de la Ley No 1760 y Art. 497 del procedimiento Civil.---. Al Otrosí 1ro.-Ofíciese a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero "ASFI´ de la ciudad de La Paz, a objeto de que procedan a la retención de fondos de los deudores: CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ, con C.I. No. 3529615 Or., DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT, con C.I. No. 3526396 Or., VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARRO con C.I. No. 3087528 Or., ANGEL AURELlO DELGADO FLORES con C.I. No. 672553 Or., previas las formalidades de rigor.--- Al Otrosí 2do.- Se tiene presente.--- Al Otrosí 3ro.- Notifíquese a la Oficina de Derechos Reales de esta ciudad al objeto impetrado, sea previas las formalidades de Ley.--- Al Otrosí 4to.- Se tiene presente.--- Al Otrosí 5to.- Por señalado el domicilio procesal. Se advierte a la parte ejecutada, sin no constituye domicilio en la forma prevista por el Art. 101 del Código de Procedimiento Civil o no compareciere, se tendrá como su domicilio la Actuaría de este Despacho Judicial, previsto por el Art. 30 de la Ley No. 1760 que modifica el Art. 509 del cuerpo normativo Procedimental Civil REGISTRESE-- Fdo. Juez.-- Fdo. Actuaría.--- MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS 37 DE OBRADOS.- Lleva timbres de Ley y sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.- SEÑOR JUEZ INSTRUCTOR TERCERO EN LO CIVIL.-- SOLICITA CITACION MEDIANTE EDICTOS A LOS EJECUTADOS CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ y DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT.--- Otrosí.- Lic. Igor Antonio Abud Téllez, por el BANCO MERCANTIL SANTA CRUZ S.A. el ejecutivo contra Cristhian Boris Bellot Martínez y Otrosí, ante su Autoridad con todo respeto digo.-- En mérito a la representación de Oficial de Diligencia de su despacho señor Luis A. Rocabado Benavidez que cursa a fs. 33 de obrados y de conformidad con el Art. 124 del Código de Procedimiento Civil, solicito a su Autoridad se sirva ordenar que la citación con la demanda y Auto intimatoria a los ejecutados CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ y DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE BELLOT se efectué mediante edictos y sea con las formalidades de ley.--- Otrosí.- En mérito a lo representación del señor Oficial de Diligencias de su despacho de fs. 34 a fs. 36 de obrados y en cumplimiento del Art. 121 parágrafo II) del Código de Procedimiento Civil, solicito a su Autoridad se sirva disponer que la citación con la demanda y Auto Intimatorio a los ejecutados VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARO y ANGEL AURELlO DELGADO FLORES, se realice mediante cédula en sus domicilios señalados y sea con las formalidades de ley.-- Será justicia, etc.- Oruro, 1 de Marzo de 2010.-- Fdo. Abogado.-- Fdo. Interesado.-- AUTO QUE CURSA A FOJAS 37 VUELTA DE OBRADOS- Lleva sello del Juzgado de Instrucción Tercero en lo Civil.-- Oruro, 2 de Marzo de 2010.-- VISTOS: A mérito del petitorio del memorial de la vuelta y de conformidad con lo previsto por el Art. 124 III del Código de Procedimiento Civil, expídase el edicto de ley para le citación a CRISTHIAN BORIS BELLOT MARTINEZ y DENIS PATRICIA ARCE LAZARTE DE SELLOT, previo juramento de ley--- Al Otrosí.- De la representación que precede efectuada por el Oficial de Diligencias de este Despacho Judicial y de conformidad con lo que manda el Art. 121 parágrafo II del Código de Procedimiento Civil, cítese a VICTOR IVAN VELASCO SORIA GALVARRO y ANGEL AURELlO DELGADO FLORES, con los actuados que corresponda, sea MEDIANTE CEDULA que será entregada a cualquiera de las personas mencionadas en el Parágrafo I del Art. 121 del citado cuerpo de leyes y/o fijarse en la puerta de su domicilio real conocido, en presencia de un testigo debidamente identificado que firmará al pie de la diligencia y demás formalidades.-- Reg.-- Fdo. y sellado. Juez.-- Fdo. y sellado. Actuaria.-- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIEZ AÑOS.
Fuente: LA PATRIA