Martes 03 de agosto de 2010

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Editorial y opiniones
El pueblo sueña desde el siglo xviii con la gratuidad de la justicia
03 ago 2010
Por: David Ledezma Salazar
El diccionario cuando se refiere a la gratuidad señala: que es una concesión o uso de algo sin tener que pagar nada por ello, la anterior constitución expresaba que la condición esencial de la administración de justicia era la gratuidad, aspecto que nunca se cumplió.
La actual constitución en lo referente al órgano judicial y al hablar de principios nuevamente se refiere a la gratuidad "que seguramente nuestras autoridades cumplirán cuando florezca el chuño" es más la nueva ley del órgano judicial en el Art. 3 numeral 8 dice: el acceso a la administración de justicia es gratuita sin costo alguno para el pueblo boliviano y Art. 10 (supresión de valores y aranceles judiciales).
El mundo litigante desde la colonia, república, ahora Estado Plurinacional cuando, se apersona en las oficinas del órgano judicial tiene que efectuar gastos, hasta sus últimos centavos en las oficinas de valores, sin considerar que muchas veces en su mayoría son ciudadanos de escasos recursos económicos que tienen que quitar el pan de cada día a sus hijos para cumplir con la exigencias, sin las cuales la justicia boliviana no funciona, no se mueve.