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Martes 16 de julio de 2019

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Editorial y opiniones

¿QU� ES EL SISTEMA DE PRESUPUESTO?

16 jul 2019

Wendy Roxana Jordán Minaya (*)

La Constitución Política del Estado (CPE), establece que la administración económica financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. Por tanto la Norma que regula al Presupuesto Público Boliviano, es la Norma Básica del Sistema de Presupuesto (NB-SP), según Resolución Suprema N°225558 emitida el 1 de diciembre de 2005, la cual tiene 4 Títulos y 30 Artículos. Esta NB-SP, se constituye en un conjunto ordenado y coherente de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación, de los presupuestos públicos, según los programas y proyectos definidos en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social (PGDES).

La NB-SP, es de aplicación obligatoria en todas las entidades públicas del Estado Plurinacional de Bolivia, además que las mismas deben elaborar sus propios Reglamentos Específicos del Sistema de Presupuesto, el cual debe estar compatibilizado por el �rgano Rector que es el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en caso de incumplimiento se generan responsabilidades por la función pública establecidas en la Ley N°1178 de Administración y Control Gubernamentales. Es responsable de la implantación y de su funcionamiento del Sistema de Presupuesto, la Máxima Autoridad Ejecutiva (M.A.E.); pero también son responsables de su elaboración y ejecución presupuestaria, todos los servidores públicos según sus funciones y competencias.

Para poder elaborar el presupuesto público, se debe considerar: la Política Presupuestaria, las Directrices de Formulación Presupuestaria, los Clasificadores Presupuestarios y el Sistema de Información. Al ser un sistema el Sistema de Presupuesto, el mismo está conformado por subsistemas, que son: 1. Subsistema de Formulación del Presupuesto (SFP), 2. Subsistema de Ejecución Presupuestaria (SEP) y 3. Subsistema de Seguimiento y Evaluación Presupuestaria (SSEP).

Para poder elaborar el presupuesto público, se debe considerar: la Política Presupuestaria, las Directrices de Formulación Presupuestaria, los Clasificadores Presupuestarios y el Sistema de Información. Al ser un sistema el Sistema de Presupuesto, el mismo está conformado por subsistemas, que son: 1. Subsistema de Formulación del Presupuesto (SFP), 2. Subsistema de Ejecución Presupuestaria (SEP) y 3. Subsistema de Seguimiento y Evaluación Presupuestaria (SSEP).

SUBSISTEMA DE FORMULACIÃ?N DEL PRESUPUESTO

Considera que se debe realizar: a) Estimación del Presupuesto de Recursos, b) Definición de la Estructura Programática, según los Programas y Proyectos vinculados con el Plan General de Desarrollo Económico y Social (PGDES) y c) Programación del Presupuesto de Gastos.

SUBSISTEMA DEEJECUCIÃ?N PRESUPUESTARIA

El Subsistema de Ejecución Presupuestaria comprende: a) Ejecución del Presupuesto, b) Programación de la ejecución presupuestaria, c) Ajuste de la ejecución presupuestaria de gastos y d) Modificación presupuestaria.

Ejecución del Presupuesto

Está constituida por procesos administrativos de captación de recursos, de realización de desembolsos o pagos y de ajustes al presupuesto aprobado, sujetos a regulaciones.

Programación de la Ejecución Presupuestaria

Cada entidad y órgano público deberá elaborar el cronograma de ejecución de gastos, a nivel agregado o institucional y en detalle o por categoría programática. La Programación debe estar compatibilizada con el flujo periódico estimado de recursos, considerando que el monto mensual de obligaciones a devengar no puede exceder la disponibilidad efectiva de recursos.

Ajustes a la ejecución del Presupuesto de Gastos

Cuando las disponibilidades efectivas de recursos no alcancen los niveles programados, deberá restringirse el compromiso y devengamiento del Presupuesto de Gastos.

Modificaciones al Presupuesto

Se realizan modificaciones presupuestarias cuando exista: a) Modificación en el Programa de Operaciones Anual por la incorporación de nuevos objetivos, por cambios en los objetivos iniciales previstos, o por cambios en las metas de estos objetivos. b) Desviaciones respecto a las previsiones presupuestarias.

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÃ?N PRESUPUESTARIA

Considera: a) Seguimiento de la ejecución del presupuesto. b) Evaluación del presupuesto.

Seguimiento de la Ejecución del Presupuesto

Se realiza durante la gestión fiscal y cada entidad pública debe elaborar reportes de ejecución financiera del presupuesto, de manera mensual y deben ser enviados al VIFPE. Por lo que se envía la ejecución física y financiera.

Evaluación del Presupuesto

La evaluación del presupuesto, se realiza en forma periódica, durante la ejecución y al cierre del ejercicio fiscal. Cada entidad pública debe realizar la evaluación de la ejecución presupuestaria de recursos y gastos, vinculando esta evaluación con el cumplimiento gradual y total de los objetivos de gestión previstos, e incluso se realiza Auditorías Operativas recurrentes, es decir cada año, para verificar el cumplimiento de los objetivos alcanzados en relación a los planificados y su concordancia con la ejecución presupuestaria.

Por tanto se concluye que todas las entidades públicas deben elaborar sus presupuestos institucionales enmarcados en la CPE, Ley N° 031 Marco de Autonomías, Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales, Resolución Suprema N° 225558 (NB-SP), Directrices de Formulación Presupuestaria y Clasificadores Presupuestarios.

(*) Auditora Financiera - Docente Presupuestos y Balances - Carrera Contaduría Pública F.C.E.F.A. - U.T.O.

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