Martes 09 de abril de 2019

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Bolivia - Nacional
Medios de comunicación obligados a difundir propaganda electoral gratuita de los partidos
09 abr 2019
Fuente: La Paz, 08 (ANF)
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Los medios de comunicación están obligados por la Ley de Organizaciones PolÃticas a la difusión de propaganda electoral de los partidos polÃticos en la misma cantidad y tiempo que el Tribunal Supremo Electoral los contrate a tÃtulo de "fortalecimiento público".
Asà está establecido en el parágrafo II del artÃculo 74 de la Ley 1096 de Organizaciones PolÃticas (LOP) promulgado el 1 de septiembre del año pasado, norma referida al funcionamiento, organización y financiamiento de los partidos polÃticos.
"En perÃodos electorales, los medios de comunicación audiovisuales e impresos que se habiliten para la difusión de propaganda electoral, cederán gratuita y obligatoriamente al Ã?rgano Electoral Plurinacional la misma cantidad de espacio y tiempo que éste les contrate para la implementación del fortalecimiento público", dice el texto de dicha disposición.
Asimismo, establece que el Ã?rgano Electoral Plurinacional (OEP) definirá el "tiempo y espacio contratado y cedido por los medios de comunicación" a las organizaciones polÃticas de acuerdo a los criterios de distribución establecidos en esta ley.
Lo que representa que, si el OEP contrata en un medio de comunicación impreso una página de propaganda electoral de un determinando partido polÃtico, en esa misma dimensión el medio debe ceder, pero de forma gratuita. Igual tratamiento en medios audiovisuales, es decir radio y televisión.
La mencionada norma en el parágrafo I del artÃculo 74 señala que el TSE dispondrá una "franja horaria en radio y televisión, asà como de espacios en diarios", sobre las candidaturas y ofertas programáticas que serán distribuidos bajo criterios de igualdad y de proporcionalidad entre las organizaciones.
Fuente: La Paz, 08 (ANF)