Interpretar en sentido lato es asignar un significado a determinadas palabras, explicar el sentido de algo, de un texto que es evidentemente poco claro, en régimen estricto es el esclarecimiento del alcance y sentido de los preceptos legales para asegurar hasta donde sea posible su exacta aplicación a los hechos que se refieren o juzgan.
La interpretación puede ser auténtica cuando la hace el propio legislador asumiendo su función para la cual fue investido; doctrinal es la interpretación realizada por los autores según sus conocimientos cientÃficos e interpretación judicial que está cargo de los órganos jurisdiccionales. Se afirma que sólo la primera tiene fuerza obligatoria general.
La mayorÃa de los fallos judiciales que se dictan con solo un estudio tangencial son la causa que se condene a sujetos presuntamente culpables pero que, por ausencia de una profunda interpretación del código ofendido o violado, persiste la duda de su inocencia que serÃa la situación indeseable para todo juez formado, sensible, solidario con el prójimo, probo y equitativo.
Para el método interpretativo que deberÃa ser la premisa obligada de todo juez antes de dictar fallos sin el suficiente convencimiento intelectivo y de conciencia moral; se recomienda realizar los siguientes métodos: el gramatical que consiste en estudiar los articulados a aplicar al presunto culpable frase por frase, párrafo por párrafo; es decir, comprendiendo los artÃculos, sustantivos, verbos, predicados, conjunciones, preposiciones y todas la figuras de la gramática para comprobar si se entiende exactamente el contenido.
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Para el método interpretativo que deberÃa ser la premisa obligada de todo juez antes de dictar fallos sin el suficiente convencimiento intelectivo y de conciencia moral; se recomienda realizar los siguientes métodos: el gramatical que consiste en estudiar los articulados a aplicar al presunto culpable frase por frase, párrafo por párrafo; es decir, comprendiendo los artÃculos, sustantivos, verbos, predicados, conjunciones, preposiciones y todas la figuras de la gramática para comprobar si se entiende exactamente el contenido.
Este método permite al juez conocer profundamente la idiosincrasia del paÃs donde vive, sus costumbres y proclividades, proveyéndole indicios ciertos para juzgar con aproximación a la verdad.
Enseguida debe pasarse al método histórico, por el cual se estudian los similares casos juzgados más relevantes y con esa acción intelectiva comprender los fundamentos y argumentos que motivaron a los jueces de entonces a elaborar tal o cual sentencia que se estudia. Esta fase es importante para cosechar para sà la forma de pensar e interpretar de otros jueces.
Compruebe el lector que los métodos de interpretación acuñan dificultad e intenso trabajo intelectual que consume horas, dÃas y hasta semanas, pero ¿Realizan todos los jueces este positivo trabajo intelectivo para cada caso?, la respuesta es abierta pero el columnista se inclina por un no, aunque es equitativo suponer que existen excepciones. Estos métodos les transmito a los estudiantes de Derecho en la materia de FilosofÃa JurÃdica.
Lo expuesto nos infiere a concluir que las leyes manifiestan una inmutabilidad relativa, pues el vivir, crecer y actuar en este mundo visible reposan en el movimiento, es decir, en el cambio y sólo una interpretación rigurosa en base a los métodos explicados conduce a la verdad y con ese trabajo intelectual se obtiene conocimientos necesarios para ajustar las leyes a las necesidades de la población y su evolución. Favorilia sunt amplianda, odiosa sunt restringida: lo favorable debe ser ampliado y lo restringido es odioso.
*Es abogado corporativo, posgrados en Arbitraje y Conciliación, Derecho Aeronáutico, Interculturalidad y Educación Superior, Docencia en Educación Superior, Alta Gerencia para abogados (UCB-Harvard), doctor honoris causa (IWA-Cambridge University, USA)