Entre los factores que contribuyen a esta crisis penitenciaria, se pueden destacar: a) Medidas insuficientes para prevenir el delito, en particular la delincuencia juvenil b) PolÃticas de justicia penal de corte punitivo. c) Uso excesivo de la prisión preventiva y de reclusión en general, d) Escaso empleo de medidas alternativas a la detención preventiva. c) Carencia de Infraestructura penitenciaria e) Falta de apropiado y pertinente acceso a la asistencia jurÃdica. f) Inexistencia de medidas para promover la reintegración social y de prevención de la reincidencia, g) Deficiente atención a las necesidades especÃficas de las mujeres privadas de libertad.
Es preocupante, la situación en la que viven las mujeres dentro de los centros de reclusión, el respeto a su condición de mujer, el trato y sus derechos constitucionales, sobre todo la cantidad e incremento de población femenina se deben a las polÃticas penales de corte punitivo. La sociedad, alimentada por datos mediáticos, prefiere encarcelar a ver al delincuente reintegrado, lo que incita a un uso excesivo y abusivo de la reclusión. La detención deberÃa ser un último recurso, pero sensiblemente se ha transformado en la norma y en uso abusivo en razón de que deberÃan estar detenidos delincuentes con sentencias por delitos graves, sin embrago en la actualidad todos se encuentran mezclados es decir personas con delitos menores están junto a delincuentes con delitos mayores y reincidentes.
Al problema de justicia, detención preventiva y hacinamiento carcelario se debe encontrar posibles soluciones, porque se trata de una crisis global del sistema penitenciario, donde se encuentran altos niveles de hacinamiento carcelario, excesivo uso de la detención preventiva y escaso acceso a la asistencia jurÃdica, entre otros sÃntomas y factores. Para efectuar un análisis se debe enfocar el problema en tres áreas fundamentales: 1) Reducir la reclusión 2) Mejorar las condiciones de vida de los privados de libertad, y 3) invertir más presupuesto en reinserción, reintegración social y prevención de la delincuencia.
El encierro no ha reducido la delincuencia y sensiblemente no existe un Sistema de Justicia Penal adecuado. Se incrementan los años de prisión y no existe inversión en integración social o reinserción. Hay estudios que indican que el 70% de los privados de libertad reinciden por falta de reinserción y reintegración social y por falta de polÃticas de prevención del delito y de la reincidencia. Si bien el encierro es un castigo para quien comete un delito, la reclusión sólo deberÃa darse para delitos graves y reincidencia; de acuerdo a los resultados parecerÃa que no está bien orientado, porque no se puede cumplir con los derechos humanos de los privados y privadas de libertad, y tampoco se puede cumplir con el fin último del encarcelamiento que es la protección de la sociedad frente al delito.
No se trata de aumentar las penas o años de prisión sino trabajar en la reinserción del interno a la sociedad. En todo el mundo se recurre cada vez más al encarcelamiento como forma general de castigo, aunque existan pocas pruebas. Las reglas y normas de las Naciones Unidas abogan por el uso del encarcelamiento sólo como último recurso y que se utilice con la menor frecuencia posible, de ese modo no será necesario construir nuevas cárceles.
* Es ingeniero
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