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Viernes 29 de marzo de 2019

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Bolivia - Nacional

SIN: el 88% de las empresas que se acogieron al "perdonazo" tributario son unipersonales

29 mar 2019

Fuente: La Paz, 28 (ANF)

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Hasta el 16 de marzo de este año, se acogieron a la Ley 1105 del perdonazo tributario 99.317 contribuyentes, de los cuales, 87.503 (88,1%) son empresas unipersonales y personas naturales y 11.814 (11,9%), personas jurídicas, es decir, empresas.

La composición del universo de beneficiarios del perdonazo se explica según el reporte del SIN, porque de los 432.024 contribuyentes (con estado activo) registrados en el Padrón Nacional de Contribuyentes (PNC), 393.504, es decir, el 91,1% son empresas unipersonales y personas naturales, mientras que solo 38.510 (8,9%) son personas jurídicas, es decir, empresas, propiamente dichas.

Impuestos Nacionales no coincidió con el gerente General de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Gustavo Jáuregui, quien señaló que de las 99.317 empresas que se acogieron al perdonazo tributario, el 80,1% son empresas unipersonales y lamentó que "el Servicio Impuestos Nacionales haya tenido que acudir al extremo de dictar una norma para tratar de resolver aspectos controversiales de su propio sistema".

Esta posición, según el SIN "confunde a la población y distorsiona el alcance social de Ley 1105 de Regularización de Tributos del Nivel Central del Estado, de 28 de septiembre de 2018, modificada mediante la Ley 1154, de 27 de febrero de 2019, porque otorga beneficios al contribuyente".

Esta posición, según el SIN "confunde a la población y distorsiona el alcance social de Ley 1105 de Regularización de Tributos del Nivel Central del Estado, de 28 de septiembre de 2018, modificada mediante la Ley 1154, de 27 de febrero de 2019, porque otorga beneficios al contribuyente".

Por lo tanto, el elevado porcentaje de contribuyentes beneficiarios del perdonazo tributario que son empresas unipersonales y personas naturales, es porque, precisamente, el 91,1% de los contribuyentes registrados en el PNC están en esas categorías, según el SIN.

El perdonazo tributario no es obligatorio, es netamente voluntario y no tiene un fin recaudatorio, señala la entidad tributaria, "sino que apunta a que los contribuyentes regularicen su situación impositiva y nuevamente reactiven o continúen su actividad formal y de aquí en adelante mejoren su comportamiento tributario".

Fuente: La Paz, 28 (ANF)
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