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Viernes 22 de marzo de 2019

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Perspectiva Minera

Piden intervención de ministerio de Minería y de Justicia

Mineros reclaman por vulneración de la Ley minera y la Constitución

22 mar 2019

Denuncian parcialidad de Tribunal Constitucional Plurinacional

La Cámara Nacional de Minería a la culminación de un encuentro nacional del sector realizado en la ciudad de Cochabamba emitió un pronunciamiento denunciando que el Tribunal Constitucional Plurinacional vulnera la Ley Minera y la Constitución Política del Estado al emitir la Declaración Constitucional 0073/2018, poniendo en riesgo la seguridad jurídica.

La posición del gremio de la Minería Chica fue comunicada por el presidente de la Federación de Empresarios Privados de Oruro (FEPO), Germán Rioja Arze, quien asistió al encuentro junto a su homólogo de la Federación de Entidades Empresariales de Cochabamba, Javier Bellot, que fue anfitrión del evento.

Las cámaras departamentales de Minería de Potosí, Oruro, Cochabamba, La Paz y las regionales de Uncía, Uyuni y Tupiza, en la conferencia de presidentes convocada por la Cámara Nacional de Minería (Canalmin) rechaza en todos sus términos la Declaración Constitucional Plurinacional 0073/2018 por ser inconstitucional y demanda del gobierno que a través de Ministerio de Minería y Metalurgia y el Ministerio de Justicia, interpongan las acciones necesarias para dejar sin efecto la referida declaración.

Las cámaras departamentales de Minería de Potosí, Oruro, Cochabamba, La Paz y las regionales de Uncía, Uyuni y Tupiza, en la conferencia de presidentes convocada por la Cámara Nacional de Minería (Canalmin) rechaza en todos sus términos la Declaración Constitucional Plurinacional 0073/2018 por ser inconstitucional y demanda del gobierno que a través de Ministerio de Minería y Metalurgia y el Ministerio de Justicia, interpongan las acciones necesarias para dejar sin efecto la referida declaración.

La Canalmin como resolución del encuentro, demanda también la creación de juzgados especializados en materia de minería para que se puedan procesar las causas conforme a ley y con una correcta interpretación de la normativa minera.

Este pedido fue realizado tomando en cuenta que la minería es una actividad estratégica que genera una importante contribución para mantener la economía del país por ser sector estratégico y de prioridad nacional el mantener y respetar los derechos de los productores mineros.

En el pronunciamiento que lleva la firma de los representantes de las cámaras departamentales y regionales, señalan que la Declaración Constitucional Plurinacional 0073/2018, ante la consulta hecha por las autoridades indígena originaria campesina de ayllus de Sud Lipes del departamento de Potosí, resulta ser inconstitucional porque vulnera las normas vigentes en el país.

Agregan que la citada Declaración Constitucional que tiene la calidad de "Sentencia Constitucional", por ser obligatoria y vinculante, establece una línea jurisprudencial que en los hechos vulnera derechos y garantías constitucionales reconocidas por el ordenamiento legal del Estado Plurinacional de Bolivia, a favor de un debido proceso, poniendo en riesgo la seguridad jurídica de los operadores mineros.

Afirman que la Resolución Comunal, así como la Declaración Constitucional Plurinacional 0073/2018 contraviene el Artículo 369 de la Constitución Política del Estado, como la Ley Nº 073 de 29 de diciembre de 2010 (Ley de Deslinde Jurisdiccional), en su Artículo 10, Parágrafo II Inc. c) donde se establece, que la jurisdicción indígena originaria campesina no alcanza al Derecho Laboral, al Derecho de la Seguridad Social, Derecho Tributario, Derecho Administrativo, Derecho Minero, Derecho de Hidrocarburos, Derecho Forestal, Derecho Informático, Derecho Internacional Público y Privado Agrario.

Finalmente ratifican que la falta de conocimiento de los administradores de justicia del Tribunal Constitucional Plurinacional sobre los alcances de la Ley Minera y de la propia Constitución del Estado Plurinacional, no sólo vulnera los derechos de los operadores mineros, sino que delimita la competencia del Estado, ya que con esta Declaración , le quita la responsabilidad que tiene sobre las riquezas mineralógicas que se encuentran en el suelo y subsuelo, cualquiera sea su origen y su aplicación conforme lo establecido en la CPE y la Ley Minera, quitando la potestad del Estado Plurinacional de Bolivia, permitiendo que comunidades denominadas indígena, originaria, campesinas, se atrevan a restringir derechos otorgados por la Constitución, sin que ninguna ley les faculte ejercer jurisdicción y competencia en el caso específico de la actividad minera.

CNM

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