Jueves 27 de diciembre de 2018
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Con este título, Carlos Malamud, investigador principal para América Latina del Real Instituto Elcano, publicó un artículo en el recuerda que, a fines de 2017, el populismo parecía que era desplazado en la región, y que la tendencia se orientaba "claramente a la derecha". Los ejemplos "que sirvieron para avalar esta creencia": los triunfos de Mauricio Macri en Argentina, Pedro P. Kuczynski en Perú y Sebastián Piñera en Chile, y la destitución de Dilma Rousseff en Brasil.
Malamud advierte que ahora la deriva represiva y antidemocrática se centra en los gobiernos de Venezuela y Nicaragua. Deja en claro que la tendencia de un giro a la derecha no llega, por ahora, a las dictaduras más cerradas: las de Maduro y de Ortega, y añade: "?la tentación cuasi monárquica de Evo Morales de perpetuarse en el poder a toda costa, más allá de las limitaciones constitucionales y del pronunciamiento del pueblo boliviano en un referéndum".
En los ciclos en los que se alternaron los regímenes de derecha y de izquierda, no siempre fueron desplazadas las dictaduras más duras, como la del castrismo y. luego, la del chavismo de Maduro y la del sandinismo de Ortega. En verdad los pronunciamientos contrarios a estos regímenes no contribuyeron al objetivo de lograr una América Latina libre de autócratas.
Hubo, y aún hay, una incongruencia: no se aplican las sanciones previstas en la Carta Democrática Interamericana, porque no hay los votos suficientes para ello y la Secretaría General de la OEA no ha contado con el voto mayoritario en el Consejo Permanente de la Organización para actuar como prevé la Carta; es decir una serie de acciones colectivas para recuperar legalidad y libertad en los países donde las dictaduras aún prevalecen. En efecto, no se ha procedido de la manera que establece la mencionada Carta: "En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones (se supone por mayoría de sus miembros) que estime conveniente" (Artículo 20)