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Domingo 16 de diciembre de 2018

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Domingo 16 de diciembre de 2018
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Editorial y opiniones

Protección sin pausa para la mujer

16 dic 2018

Raúl Pino-Ichazo Terrazas

Siempre se calificó de justo y legítimo lo que fue ordenado por la ley; tal es la esencia de la justicia y su antinomia es la estructuración de la corrupción y que los contenciosos jurídicos no se conduzcan según el estricto procedimiento, pues la mayoría de los que imparten justicia ya tienen el alma corrompida por el mercado de influencias y prebendas, las cuales no se animan a rechazar dignamente por la pasión de la codicia, reservándose, con esa actitud, el condigno castigo para el futuro.

Cuando los fiscales son experimentados, diligentes y humanos, cargados con el peso agradable del conocimiento, tienen como misión primordial averiguar, comprobar y realizar las necesarias presunciones in situ para obtener de lo conocido lo desconocido que apunta la aproximación a la verdad, sobre todo en los ilícitos (feminicidios, violaciones, violencia física y psíquica), contra la mujer. Averiguar a profundidad los situaría en el ámbito de la solidaridad con los derechos del presunto imputado y, esa difícil tarea, los libera del cargo de conciencia y el remordimiento de no haber agotado las vías de comprobación de los indicios existentes y menos haber procedido con discriminación de género (machistas activos y no declarados, altamente peligrosos pues disponen de poder).

¡Protejamos a la mujer, el ser más importante de la creación!

La causalidad de esta situación tiene sustrato en los fiscales que no realizan esta inderogable obligación sino que buscan rápidamente imputar para que se inicie el contencioso y en los jueces diletantes que coadyuvan tales acciones: entonces, no son fiscales en el sentido estricto de la acepción que tiene su origen etimológico en la fiscalización que, en la práctica, es abstraer, dividir los hechos y analizarlos uno a uno hasta estar convencidos de la veracidad, es decir, realizar la separación mental de las circunstancias del hecho y sus relaciones con los objetos; de esta forma inteligente se estructura la separación como el resultado, y en este proceso es imprescindible que el fiscal haga caso omiso de las posibilidades subjetivas del ser humano.

No sucede esta situación ideal para la justicia en Bolivia pues los fiscales sólo visualizan como objetivo inmediato la imputación, a sabiendas que no se ha realizado prolijamente todo el proceso obligatorio que se detalla. Ahí, casi con certeza meridiana, reside la injusticia en la justicia.

La pertenencia inherente a la justicia que debe demostrar todo juez en sus juicios y resoluciones, y si son realmente hombres de bien y se consagran a la práctica de la virtud de aplicar la norma jurídica en su correcta interpretación, seguirán diligentemente todo lo que prescriben nítida y perceptiblemente los condicionantes de la lógica jurídica formal: estudiar exhaustivamente, examinar uno por uno los hechos, fundamentar con pruebas para cada hecho y sistematizar con reglas la norma jurídica.

Una práctica cotidiana y disciplinada que hará vivir a los jueces con un sentido de pertenencia, ejercicio de la justicia, es la conciencia moral y su proceso que es inevitable en todo ser humano; con ello esta clase de jueces ideales, pero a todas luces posibles, preferirán inquebrantablemente sufrir una injusticia antes de hacerla, así no solo es una aspiración teleológica parecer un hombre de bien sino serlo en realidad tanto en público como en privado.

Sería una actitud muy respetada por la población que los jueces huyan de toda adulación, tanto respecto a sí mismos como respecto a los demás y que jamás deben dejarse embelesar por la retórica aduladora y vacía de contenido y prebendas, que es tan frecuente en los tribunales de Bolivia y Sudamérica y cuyo origen es la ausencia de formación profunda en el Derecho, la ética y la deontología.

Por ello, si el Derecho constituye el orden de la comunidad es tarea de la justicia tenerlo a salvo y restablecerlo cuando no forman una ordenación verdadera e idónea de la justicia. Esto último sucede en la actualidad en nuestro país por la pereza o falta de conocimiento jurídico de los asambleístas que no incorporan, como una obligación inderogable, las diferentes modificaciones modernas que se crean en los diferentes códigos sustantivos, precisamente por la presión de las sociedades modernas y de la juventud.

Esta negligencia y no otra, es consecuencia de disponer de códigos desfasados en función a la necesidad de la población y sobre todo del estamento de la juventud que hoy enfrentan exigencias existenciales muy difíciles y complicadas que trastornan sus vidas como ser: las drogas, el narcotráfico, la trata de blancas, alcoholismo, abortos, opción de género, ausencia de diálogo intrafamiliar, presencia de la violencia y altísima competitividad universitaria y en el ejercicio de la profesión y finalmente suicidios; espectro totalmente diferente y aterrador a la paz que reinaba en los espíritus de los jóvenes de hace 40 años o menos.

La retórica aduladora y falsa que deben desterrar los abogados en los juicios orales y también en los escritos, conducirá a fundamentar las defensas y propugnaciones sin concesiones que les hagan perder de vista la finalidad suprema que es hacer prevalecer en su espíritu la diligencia en buscar los medios para que esa justicia consolidada en los códigos tenga siempre prevalencia; haciendo nacer con esa sabia actitud la confianza de la población en la justicia como valor absoluto para el reforzamiento del orden social.

(*) Abogado, postgrados en Arbitraje y Conciliación, Interculturalidad y Educación Superior Alta Gerencia para abogados, Derecho Aeronáutico, Filosofía y Ciencia Política, doctor honoris causa (IWA-Cambridge University USA)

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