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Domingo 04 de noviembre de 2018

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Revista Dominical

Derecho: La prueba

04 nov 2018

Por: Vicente González Aramayo Zuleta - Abogado penalista, ex juez de Sustancias Controladas, ex juez de Partido en lo Penal, ex catedrático de Derecho Romano y Teoría del Estado, e Historia del Derecho, de la Facultad de Derecho de la UTO. Miembro de la Academia de Ciencias Jurídicas

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La prueba en la ciencia del derecho es la llave de la verdad, pero se halla revestida de una complicada ecuación lógica, es decir que deben tener un lugar oportuno y preciso. Desde nuestros estudios iniciales (Introducción al derecho) en la facultad aprendimos que tres casos hacían plena prueba sobre todo en materia civil: la confesión, el juramento decisorio y el fallo pasado en autoridad de cosa juzgada.

El juramento decisorio, se llamaba así porque definía un uso mediante el juramento que para épocas remotas era de gran valor, incluso se permitía hacerlo en un ritual medio religioso y medio pagano. Se colocaba un paño, sobre el cual se vertía sal y una cruz, allí, arrodillado el emplazado. Sea testigo o acusado, debía jurar sobre algo determinado. Dada la superstición de la gente, generalmente de un nivel bajo de cultura, no juraba temeroso admitía su culpa, pero si juraba, la parte emplazante quedaba satisfecha. Esto ha pasado a la historia, naturalmente. Los testigos son de cargo, de descargo, en materia penal existe el aforismo, "incumbe la prueba al que acusa, no al que niega". Esto es correcto, un testigo de cargo puede declarar lo que vio, pero un testigo de descargo no puede hacer lo mismo, es decir no puede declarar algo que no sabe ni vio. Una prueba buena de descargo en materia penal es el "alibi, o coartada" y quiere decir que el procesado no estuvo en el lugar del crimen, y esto, debido al principio de que todos tenemos el don de ubicuidad, es decir, nadie puede estar físicamente en dos lugares al mismo tiempo naturalmente. La prueba que pasa en autoridad de cosa juzgada prevalece.

En cuanto a la confesión, siempre se sostuvo, que la reina de las pruebas es la confesión. Cierto, pero debe tener una base más sólida. En nuestra economía jurídica existen algunos principios importantes como "nadie puede declarar contra sí mismo", y universalmente no se debe obtener una prueba de confesión mediante la fuerza, ni mediante drogas como la scopalamina, el pentotal y otras, tampoco mañas dolosas, ni siquiera el hipnotismo. En otros países parece no tener mucho valor la confesión espontánea, por ejemplo, en los EE.UU., que se la puede obtener de cualquier manera y para este caso he elegido como ejemplo, una relación adecuada al caso. Es una historia real que aconteció en alguna ciudad pequeña de aquel país. El caso salió en diarios y revistas, y hasta creo que se escribió un libro.

Aconteció en un día de tarde muy calurosa, de tal suerte que parecía que el sol se hubiese detenido. No circulaba gente por aquella región. Se detuvo un automóvil oldsmobile, modelo 1958, a unos de cien metros de una casa, descendió un hombre de unos cincuenta años, llevaba una blusa blanca de manga corta y un bolso negro de cuero, se secaba de la cabeza medio calva y del cuello la transpiración, y pareció que con paso decidido se dirigió hacia aquella casa. La casa era vieja, toda de madera, ya destartalada, los tablones a punto de separarse, y hasta parecía que se hubiese inundado el sótano y en una parte lucía un cartel que decía: "for sale, $us. 50.000. -"Llamó a la puerta y le abrió una mujer de unos cuarenta y cinco años.

Vengo por el aviso dijo el hombre, y ante la señal de la mujer ingresó en la casa, y se acomodó en un sofá viejo de cuero. Ella le dijo amablemente,

Está haciendo mucho calor, más que nunca dispénseme unos minutos, le traeré limonada que tengo en el refrigerador. La casa era vieja pero no parecía desaseada ni descuidada. Volvió la mujer con la copa que el hombre la bebió groseramente, y, como tomando aire dijo:

¡El precio me parece mucho! la casa está vieja

Ese es el precio señor, ni un centavo menos, sino quiere conoce la salida respondió severamente la mujer ¡la conservo así desde la muerte de mi hijo y ese precio le he puesto para quedar tranquila de conciencia!, porque creía además que nadie la compraría en ese estado y a ese precio, pero, si quiere usted rebaja no será así. El visitante, con curiosidad morbosa le peguntó sobre el hijo al que se refirió. Entonces, ella le contó que hacía veinte años su hijo llegó una noche a la casa con un maletín que alcancé a ver y lo escondió. Después llegó otro hombre y discutieron, el visitante le reclamó a su hijo bajo amenaza que debía darle su parte de los 280 mil dólares robados en una hacienda pelearon y ella oyó un balazo, y sintió la huida del hombre. Esa noche su hijo murió, pero que ella desde entonces esperaba que llegara el asesino por el botín, y se le ocurrió que un buen señuelo sería ofrecer la casa, aunque fuera a un precio exorbitante como éste. Que el asesino iría. Entonces, revestida de valor, la mujer se paró y le señaló con el índice al sorprendido hombre de la limonada, más bañado de sudor por lo que calculó, que el calor mismo diciéndole "¡Usted es ese hombre!," y ensenándole un papel le dijo que era la confesión que ya la tenía lista, que debía firmar, porque ya había llamado a la policía. El hombre extrajo del bolso una pistola

¡Vieja de porquería, te mataré! le dijo encarando a la mujer con el arma

¡Hágalo! respondió impasible la mujer, estará muerto en unos minutos más por la dosis de veneno que vertí en la limonada, pero tengo el antídoto que no se lo daré sino firma la confesión. Quebrado el sujeto se desplomó en el sofá exclamando angustiado: "¡el antídoto?el antídoto!". Llegó la guardia policial, mientras el presunto asesino firmaba su confesión. La policía le preguntó a la mujer qué le había dado. Ella respondió que fue sólo un narcótico que se le pasaría en unos minutos. Así fue, la policía cargó con el hombre y su confesión para su procesamiento.

Este es un caso de confesión mediante una artimaña de la mujer, por lo tanto no fue espontánea. En nuestra economía jurídica primaria, en el proceso penal, el juez sumariante respetaba rigurosamente aquel principio de la declaración espontánea, verbigracia: preguntaba de forma muy indirecta al sindicado en la declaración indagatoria: "Hubo un homicidio, en tal o cual parte, ¿Sabe usted algo sobre eso? Puede que en los Estados Unidos, la policía o fiscales procedan también con cautela, y hasta con métodos más científicos, pero se supone que deben tener su dosis de rigor y fuerza, sobre todo con los afros. Hollywood hace de moderador por sus héroes.

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