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Domingo 04 de noviembre de 2018

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Domingo 04 de noviembre de 2018
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Además de generar utilidades para la estatal
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Luego de cinco días de ampliación
Concluye plazo de postulaciones para vocales del Tribunal de Justicia
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Esta gestión
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Por el Día Nacional del Servicio
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Barrera y Ramallo continúan en "capilla"
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Editorial
Complicado el régimen simplificado
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Picadas
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RECUERDOS DEL PRESENTE
Olor a pánico
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LA ESPADA EN LA PALABRA
Los doce meses más duros
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La ley moral en la justicia
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COLUMNA VERTEBRAL
Tareas democráticas pendientes
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Pero no permitirá bloqueos
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Demócratas no aislará a Leyes para lograr acuerdos políticos rumbo a las elecciones
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Para exportar carne a Vietnam, Bolivia firma memorándum de entendimiento
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Por un mes
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Exministro de Mesa pondera profesionalidad de Choque
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Patzi: Mesa nunca debió presentarse como candidato por ética y respeto a la población
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Sociales
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Pide batallar contra la "mentira" de los medios
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René Joaquino asegura que están vigentes el 21F y el fallo del TCP
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Los tesoros subacuáticos del Titicaca una veta para el turismo boliviano
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Un segundo grupo de venezolanos regresa a su país desde República Dominicana
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Editorial y opiniones

Editorial

Complicado el régimen simplificado

04 nov 2018

Fuente: LA PATRIA

La aprobación del Decreto Supremo (DS) 3698, aplicado a fines del mes pasado por el Ejecutivo, dispone que el capital máximo para pertenecer al Régimen Tributario Simplificado (RTS) se incremente de Bs. 37.000 a 60.000 como límite, lo que permitirá que muchos gremiales que ya estaban en el Régimen General podrán bajar al Simplificado, lo que significa claramente una disminución en el pago de su contribución tributaria.

En este asunto, hay una contradicción latente y es que en lugar de aumentar el número de contribuyentes en un régimen que obliga a tributar en función al uso de capitales y ganancias como es el "general", ahora se reducirá la cantidad de contribuyentes porque de la manera más sencilla, capitalistas con hasta 60 mil bolivianos de capital, sólo tributarán como "comerciantes menores del sistema simplificado, sin facturas y al margen de las sanciones y presiones de la entidad recaudadora de impuestos que con seguridad, reducirá sus ingresos.

El tema seguramente abrirá un cierto debate en el sector de los gremiales, pues perteneciendo al RTS, los comerciantes se obligan a pagar cada dos meses un impuesto fijo de Bs. 350.- claro que no tienen obligación de emitir facturas y otras obligaciones formales, por lo mismo al margen de planes sancionatorios que aplica el Servicio de Impuestos Nacionales, sin embargo en todo caso la decisión de mantenerse en el Régimen General o bajar al Simplificado, deberá ser una decisión de cada comerciante, según establece la norma.

Para analistas tributarios, lo que sucederá con la medida en vigencia es que disminuirá la recaudación tributaria en contra posición a una intención del SIN de incrementar los cobros en beneficio del Tesoro General, lo que anticipa un reajuste del sistema de cobros, para nivelar el bajón que ocasiona la medida, lamentablemente ajustando a los contribuyentes "legalmente establecidos", mientras que los gremiales se favorecen con una política de apertura de mayor capital sin mejor contribución.

En criterio de ejecutivos del sector empresarial la elevación de capital para el régimen simplificado hasta 60 mil bolivianos, facilitará el crecimiento del sistema informal permitiendo que muchos comerciantes eliminen el pago de impuestos o lo reduzcan mínimamente, pero ampliando su comercio amparados en el régimen simplificado de enormes capitales, que mueve negocio del contrabando o de masivas importaciones de variada mercadería china.

En el hecho técnico tributario lo que sucede con el D.S. 3698, es que los comerciantes que elevarán su capital hasta 60 mil Bs. estarán exentos del pago de impuestos como el IVA, el IUE y el IT, además de cargas sociales y laborales que pagan los contribuyentes formales. Lo que sucederá claramente es una abierta condición oficial a la evasión de impuestos, profundizando el contrabando y la economía informal.

Para observadores legales, la situación que rige por DS, es un paraguas legal para aquellos comerciantes que, pese al manejo de fuertes capitales, muy por encima de los teóricamente autorizados de 60 mil bolivianos y que se consideraban comerciantes minoristas, vivanderos o artesanales, ahora son concretamente comerciantes con capitales que no pueden consignarse en la escala del sistema simplificado.

Lo que se observará en adelante es la reacción del Servicio de Impuestos, empeñoso en ampliar su caudal de contribuyentes, ahora disminuido por orden oficial. Lo menos que se espera es una reacción "truculenta" que castigue a los contribuyentes formales, por todo y por nada, tratando de reemplazar lo que se perderá con el crecimiento autorizado del comercio informal.

Fuente: LA PATRIA
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