Gobierno garantiza la propiedad privada y descarta confiscación de bienes "vacantes"
06 oct 2018
Fuente: LA PATRIA
¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...
La modificación del ArtÃculo 482 de la Ley 493 de 19 de noviembre de 2013 (Código Procesal Civil), que puso en duda el respeto y derecho a la propiedad privada por la confiscación de bienes "vacantes", a denuncia presentada ante instancias del Estado, fue aclarada por autoridades de Gobierno en el sentido de que la modificación sólo obedece a la designación de la instancia interventora, y no asà en el espÃritu de atentar contra los bienes de carácter privado, que son protegidos por la Constitución PolÃtica del Estado (CPE).
En los recientes dÃas, un video difundido por el periodista y presentador de televisión, Juan Carlos Arana, generó varias interrogantes al afirmar que la modificación de la cláusula quinta del numeral uno del artÃculo 482 de la Ley 493, que en su redacción indica: "cualquier persona podrá denunciar ante la autoridad judicial la existencia de bienes vacantes. Ã?sta, al admitir la denuncia, designará curador al Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (Senape), quien tendrá personerÃa suficiente para intervenir en todos los trámites y recursos ordinarios y extraordinarios, aún en el caso de que el procedimiento se tornare contencioso".
Tomando en cuenta el concepto de Arana, tanto, asambleÃstas de oficialismo y de oposición centraron un criterio en que la modificación de dicho artÃculo de la ley vulnera el respeto a la propiedad privada, y que en consecuencia deben ser las autoridades nacionales quienes aclaren esta figura.
"Si a sola denuncia a una persona se le va a despojar de su patrimonio se está yendo en contra de la ley, yo puedo vivir aquà (en Oruro) y tener otro bien en otro departamento, no porque yo no viva aquà y mi casa este deshabitada me la van a quitar, eso es imposible", indicó Saúl Sánchez, asambleÃsta departamental del Movimiento Demócrata Social (MDS).
Entre otras repercusiones, el senador del MAS, Marcelino Arancibia, aseguró que "de procederse asÃ, lo más correcto es que intervengan las viviendas que entregó el Gobierno y que varias de ellas no son habitadas e incluso comercializadas, porque no es correcto que se atente contra la propiedad privada y la Constitución PolÃtica del Estado", indicó.
EMPRESARIOS
Para los empresarios, de igual manera es una forma de vulnerar la seguridad jurÃdica, tomando como ejemplo que en diferentes regiones existen terrenos que en otrora funcionaron como fábricas, pero que el "hecho que ya no funcionen, no implica que sean confiscadas al suponer que no tienen propiedad".
"El Gobierno debe garantizar la seguridad jurÃdica, y si están proyectando la ley en ese sentido nos va a generar muchos problemas", afirmó Fernando Dehne, presidente de la Cámara de Comercio y expresidente de la Federación de Empresarios Privados de Oruro (FEPO).
No obstante, para dar marcha a su aplicación en la hipótesis de evidenciarse un determinado caso, es decir, donde efectivamente un bien patrimonial no presente propiedad, el Estado podrá realizar su reversión, pero bajo un procedimiento muy riguroso y no asà inmediato.
"No tendrÃa que afectar a nadie, primero porque es una figura que ya se conoce, segundo porque nadie te puede quitar nada porque eso ya serÃa avasallar un bien, porque el derecho propietario está registrado en derechos reales", aseguró.
SE GARANTIZA LA PROPIEDAD PRIVADA
El viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, Jaime Durán, sostuvo que la interpretación realizada a partir de la difusión del video viralizado en las redes sociales no es correcta, ratificando a su vez que el Estado respeta la propiedad privada y que la modificación solamente obedece a cambiar el "curador" (administrador) en la probabilidad que existiese un proceso de esta naturaleza.
"El curador antes era el Ministerio de EconomÃa y Finanzas Públicas, pero ahora corresponde al Senape (Servicio Nacional de Patrimonio del Estado)", explicó.
Al igual que la interpretación jurÃdica, la autoridad dijo que no se puede proceder de manera irregular en la intención de confiscar un bien y que la población debe estar tranquila en cuanto a su derecho propietario en el marco de la ley.
Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresÃa Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del dÃa en PDF descargable.
- FotografÃas en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.