Loading...
Invitado


Sábado 06 de octubre de 2018

Portada Principal
Sábado 06 de octubre de 2018
ver hoy
A 208 años de aquel día
La Revolución del 6 de Octubre de 1810, la rebelión del pueblo orureño
Pág 1 
Gobierno garantiza la propiedad privada y descarta confiscación de bienes "vacantes"
Pág 1 
Invitan a Carlos Mesa a ser candidato por el FRI, hoy dará el sí o el no
Pág 1 
Cambiarán a fiscales del caso Alexander por decisión de Guerrero
Pág 1 
Parqueos momentáneos: Entre el abuso de comerciantes y las autorizaciones legales
Pág 2 
Los "ambulantes" como parte de la problemática
Pág 2 
Para la ciudadanía hay abuso de comerciantes y descuido de autoridades
Pág 2 
Cambios de ruta de vías como alternativa para frenar parqueos irregulares
Pág 2 
Ayer se realizó un acto de homenaje
Segunda División del Ejército resalta patriotismo de exsoldados de �ancahuazú
Pág 3 
Beneméritos de �ancahuazú recuerdan con orgullo que sirvieron a la patria
Pág 3 
Wálker Paiva aporta a universitarios con su libro sobre programas de Auditoría
Pág 3 
Oruro y el mundo celebran bicentenario de la Congregación "Jesús-María"
Pág 3 
Instituciones articulan trabajos para resguardar seguridad en "VISO"
Pág 3 
Defensa Civil socializa y sensibiliza sobre prevención y gestión de riesgos
Pág 3 
Editorial
Diagnóstico de la salud pública
Pág 4 
Picadas
Pág 4 
Immanuel Kant
Pág 4 
DESDE LA TIERRA
Evo, de la cima a la sima
Pág 4 
Apoyemos a los Urus
Pág 4 
El fallo, una lección amarga
Pág 4 
Empresas de Bolivia y Alemania firman una sociedad mixta para explotar litio
Pág 5 
Silala:
CIJ convoca a los agentes de Bolivia y Chile a una reunión para el 17 de octubre
Pág 5 
Asamblea Legislativa aprobará amnistía para Mesa y Quiroga la próxima semana
Pág 5 
Evo: Quienes hablan de "derrota" de Bolivia en La Haya son prochilenos
Pág 5 
Evacúan del Norte paceño a 17 efectivos de FTC por presunta intoxicación
Pág 5 
Los ingenieros, baluarte del desarrollo regional celebraron su día
Pág 5 
ALP designará al nuevo Fiscal General en sesión del martes
Pág 6 
No le faltará trabajo
Más de siete clínicas quieren contratar a Jhiery Fernández
Pág 6 
Diputado interpone recurso jurídico contra Ley de Organizaciones Políticas
Pág 6 
Sociales
Pág 6 
Día de la Cueca reunió a los mejores exponentes de esta danza boliviana
Pág 7 
Oruro estructura delegación de charanguistas en un concurso
Pág 7 
Festival de Bandas abrirá la celebración de la Entrada VISO
Pág 7 
Según heraldista:
Escudo de Oruro emplazado en el Faro del Conchupata no es el oficial
Pág 7 
Bolivia - Nacional

Gobierno garantiza la propiedad privada y descarta confiscación de bienes "vacantes"

06 oct 2018

Fuente: LA PATRIA

¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...

La modificación del Artículo 482 de la Ley 493 de 19 de noviembre de 2013 (Código Procesal Civil), que puso en duda el respeto y derecho a la propiedad privada por la confiscación de bienes "vacantes", a denuncia presentada ante instancias del Estado, fue aclarada por autoridades de Gobierno en el sentido de que la modificación sólo obedece a la designación de la instancia interventora, y no así en el espíritu de atentar contra los bienes de carácter privado, que son protegidos por la Constitución Política del Estado (CPE).

En los recientes días, un video difundido por el periodista y presentador de televisión, Juan Carlos Arana, generó varias interrogantes al afirmar que la modificación de la cláusula quinta del numeral uno del artículo 482 de la Ley 493, que en su redacción indica: "cualquier persona podrá denunciar ante la autoridad judicial la existencia de bienes vacantes. �sta, al admitir la denuncia, designará curador al Director General Ejecutivo del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (Senape), quien tendrá personería suficiente para intervenir en todos los trámites y recursos ordinarios y extraordinarios, aún en el caso de que el procedimiento se tornare contencioso".

En la primera interpretación del periodista, sostuvo que su contenido no queda del todo claro, ya que "a la denuncia" el estado podría intervenir en un determinado bien inmueble "no habitado" aun si éste sea de propiedad privada. Aspecto que causó repercusiones de diferentes sectores.

AUTORIDADES

Tomando en cuenta el concepto de Arana, tanto, asambleístas de oficialismo y de oposición centraron un criterio en que la modificación de dicho artículo de la ley vulnera el respeto a la propiedad privada, y que en consecuencia deben ser las autoridades nacionales quienes aclaren esta figura.

"Si a sola denuncia a una persona se le va a despojar de su patrimonio se está yendo en contra de la ley, yo puedo vivir aquí (en Oruro) y tener otro bien en otro departamento, no porque yo no viva aquí y mi casa este deshabitada me la van a quitar, eso es imposible", indicó Saúl Sánchez, asambleísta departamental del Movimiento Demócrata Social (MDS).

Entre otras repercusiones, el senador del MAS, Marcelino Arancibia, aseguró que "de procederse así, lo más correcto es que intervengan las viviendas que entregó el Gobierno y que varias de ellas no son habitadas e incluso comercializadas, porque no es correcto que se atente contra la propiedad privada y la Constitución Política del Estado", indicó.

EMPRESARIOS

Para los empresarios, de igual manera es una forma de vulnerar la seguridad jurídica, tomando como ejemplo que en diferentes regiones existen terrenos que en otrora funcionaron como fábricas, pero que el "hecho que ya no funcionen, no implica que sean confiscadas al suponer que no tienen propiedad".

"El Gobierno debe garantizar la seguridad jurídica, y si están proyectando la ley en ese sentido nos va a generar muchos problemas", afirmó Fernando Dehne, presidente de la Cámara de Comercio y expresidente de la Federación de Empresarios Privados de Oruro (FEPO).

LA NORMATIVA NO ES NUEVA

Es pertinente ahondar en una interpretación jurídica para no derivar en mayor grado de susceptibilidades, por la incógnita de que si un patrimonio es respaldado por el Estado o no. Según la abogada, Diana Guzmán, esta disposición no es nueva, más al contrario tiene data de hace varias décadas bajo la figura legal al hablar de "bienes vacantes y mostrencos", que son aquellos que no tienen dueño conocido, cuya importante aplicación se relaciona a los bienes de una herencia, que por carecer de herederos testamentarios y ab intestato, pasan al Estado.

No obstante, para dar marcha a su aplicación en la hipótesis de evidenciarse un determinado caso, es decir, donde efectivamente un bien patrimonial no presente propiedad, el Estado podrá realizar su reversión, pero bajo un procedimiento muy riguroso y no así inmediato.

"No tendría que afectar a nadie, primero porque es una figura que ya se conoce, segundo porque nadie te puede quitar nada porque eso ya sería avasallar un bien, porque el derecho propietario está registrado en derechos reales", aseguró.

SE GARANTIZA LA PROPIEDAD PRIVADA

El viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, Jaime Durán, sostuvo que la interpretación realizada a partir de la difusión del video viralizado en las redes sociales no es correcta, ratificando a su vez que el Estado respeta la propiedad privada y que la modificación solamente obedece a cambiar el "curador" (administrador) en la probabilidad que existiese un proceso de esta naturaleza.

"El curador antes era el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, pero ahora corresponde al Senape (Servicio Nacional de Patrimonio del Estado)", explicó.

Al igual que la interpretación jurídica, la autoridad dijo que no se puede proceder de manera irregular en la intención de confiscar un bien y que la población debe estar tranquila en cuanto a su derecho propietario en el marco de la ley.

Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos: