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Sábado 03 de julio de 2010

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Sábado 03 de julio de 2010
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Resposabilización y sanción del Servidor Público, un desafío para la Gestión Pública
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Editorial y opiniones

Resposabilización y sanción del Servidor Público, un desafío para la Gestión Pública

03 jul 2010

Por: José Ramiro Atahuallpa Vía

Si hacemos una comparación del trabajo municipal de los años 80 a nuestros días, podemos concluir que no ha cambiado nada, se sigue con la ineficiencia y la pésima atención al público, sin embargo hoy en día se cuenta con computadoras, programas informáticos, es decir todas las tareas están “digitalizadas”, por todo ello, no debieran existir tardanzas y demoras a la hora de realizar un tramite. Pero cuando uno hace un trámite, cualquiera sea, primero tiene que sopesar con el ánimo del funcionario municipal, segundo con su tiempo, si tiene tiempo le atenderá sino le dirá el acostumbrado vuélvase mañana, o simplemente le dirá que en unos cuantos días estará su trámite.

El trabajo del funcionario antes que una labor rutinaria, es un servicio, y por servicio entendemos simplemente la atención con “responsabilizacion”.

Pero que encierra la responsabilizacion funcionaria? Primero, es la responsabilidad del funcionario público por el cargo y las tareas asignadas. Para comprender de mejor manera trataré de graficar con un ejemplo: si un determinado funcionario tiene la tarea de realizar la atención sobre catastro, su única función será la de atender sobre este rubro, y según los protocolos y manuales, y si el manual indica que un determinado trámite debe ser entregado en 15 días hábiles, ese tramite no debe tardar más de lo indicado. Pues para ello tiene programas informáticos y una base digitalizada que son sus herramientas para cumplir con “eficiencia” su trabajo. Cuando ha cumplido de manera eficiente su labor se dice que la ha realizado con “responsabilidad”.

Un segundo aspecto que encierra la responsabilizacion, es la obligación del funcionario público de rendir cuentas de su trabajo a su Director de Área; ¿Qué significa la rendición de cuentas?, el funcionario durante el primer trimestre ha ingresado a su despacho un número de trámites, de ser efectiva su labor todos los trámites debieron haber cumplido todos los protocolos y normas y tener un ranking de tramitación al 100 por cien. Significa que el funcionario ha rendido sus cuentas de manera satisfactoria. Pero, ¿Qué pasa si el ranking es deficitario o negativo? Es decir de todos los trámites sólo pudo despachar un 25 por ciento. Y al momento de rendición de cuentas de su labor el Director de Área le hace una llamada de atención, que sin embargo por cuestiones clientelares esta llamada de atención es sólo un saludo a la bandera, y es perdonado el funcionario público.

Por tanto la responsabilizacion encierra la responsabilidad y la obligación de rendición de cuentas, pero más allá de esas dos instancias está una tercera, que es la obligación de responder ante autoridad jurisdiccional. Significa que dentro las normas básicas de toda institución existen mecanismos para sancionar a los funcionarios negligentes o que incurrieron en lo que se denomina “incumplimiento de deberes u obligaciones”. Es decir el funcionario que incurrió en esa falta “asume” la sanción.

En la moderna administración pública institucional, no existen los denominados sindicatos, pero sí existen mecanismos de defensa de los derechos humanos. Los sindicatos fueron de a poco desapareciendo, pues se evidenció que antes que defender los derechos de los trabajadores, eran espacios de corrupción; donde la prebenda política era una norma, el nepotismo era práctica cotidiana, y el encubrimiento de los malos funcionarios era algo normal. Todas las instituciones, organizaciones y empresas que aún perviven con un sindicato, mantienen un “rezago”. Vale decir que, el servicio que brindan a la ciudadanía es pésimo y harto burocrático y al mismo tiempo son modelos para la reproducción de anti valores y la perpetuación del sistema en la comunidad.

La moderna institución tiene mecanismos de sanción funcionaria, pero mucho más antes tiene mecanismos de “emponderamiento interno”, significa que permanentemente hay espacios y tiempos de aprendizaje y puesta en escena de nuevas experiencias, es decir, se van innovando las herramientas de trabajo para un mejor y eficiente servicio, pero también se van mejorando la conducta y comportamiento del funcionario, esto para que no existan tiempos de ocio y rutina, pues se ha evidenciado que la rutina y el ocio, “degeneran” la actitud del funcionario frente al usuario. La continua capacitación funcionaria significa la asimilación “significativa” de valores de integridad ética y probidad dentro la función pública. También que en el funcionario público se desarrollen hábitos de prevención ante posibles conductas ilícitas, omisas, negligentes o corruptas.

Todos hemos realizado algún trámite en la alcaldía y sabemos lo oneroso, burocrático e ineficiente trabajo del funcionario municipal, el gran desafío de la alcaldesa no es cambiar las normas, protocolos o manuales, está en cambiar la actitud del funcionario municipal. Pero también en sancionar a los malos funcionarios.

(*) Experto en Desarrollo Local

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