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Bolivia - Nacional
Ley de elecciones primarias excluye artÃculo 168 de la CPE
02 sep 2018
Fuente: LA PATRIA/Agencias
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La Ley de Organizaciones PolÃticas, aprobada y sancionada por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), toma en cuenta tres artÃculos de la Constitución PolÃtica del Estado (CPE), como requisitos para candidatos a Presidente y vicepresidente en el proceso de Elecciones Primarias, sin embargo, ignora el artÃculo 168 que está ratificado por referendo, que en consecuencia prohÃbe la postulación de Evo Morales.
El parágrafo cuarto del artÃculo 29 de la Ley de Organizaciones PolÃticas hace referencia a los requisitos, que a la letra dice: "El Tribunal Supremo Electoral, verificando el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en los ArtÃculos 234, 236 y 239 de la Constitución PolÃtica del Estado, registrará las candidaturas habilitadas y difundirá la nómina de las mismas".
El artÃculo 234 de la CPE establece los requerimientos para ser funcionario público, como no tener sentencia ejecutoriada, hablar dos idiomas y haber cumplido deberes militares.
El 236 fija las prohibiciones para el funcionario, como el nepotismo, mientras que el 239 plantea las incompatibilidades con la función pública, como obtener ventajas personales del Estado.
Fuente: LA PATRIA/Agencias