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Sábado 25 de agosto de 2018

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Sábado 25 de agosto de 2018
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Editorial y opiniones

Gestora pública y las AFP

25 ago 2018

Iván Quisbert Soria (*)

En un escenario favorable por la quiebra del Sistema de Reparto (SR), en noviembre de 1996, con la Ley N° 1732 comenzó el Sistema de Capitalización Individual que fue desarrollado durante el auge de la capitalización, donde la aparente solución era privatizar toda empresa estatal o todo lo que se podía. Así las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), empezaron a "manejar" todo el Sistema de Pensiones, en el marco de un contrato que el Gobierno de ese entonces lo estableció como "indefinido".

Por la incertidumbre generada en los trabajadores sobre si los aportes al SR serían reconocidos, es que el Estado determinó que el plazo para obtener una renta de Reparto sea hasta Diciembre de 2001, cinco años más después de la Ley N° 1732. En ese período, las AFP ya cobraban sus comisiones, siendo que el Estado aún administraba el Sistema de Pensiones con el pago de rentas del SR.

A pesar de ello, en 14 años de vigencia de la referida Ley se jubilaron 29 mil trabajadores y no por la labor sensata de las AFP, sino porque eran trabajadores que necesitaban un ingreso en su etapa como adulto mayor.

Posteriormente, con la CPE de 2009 y la Ley N° 065 de Pensiones de 2010, se estableció que el Sistema de Pensiones dejará de ser manejado por entidades privadas y será transferida a una entidad estatal llamada Gestora.

Esta entidad se constituyó mediante el Decreto Supremo Nº 2248, de enero de 2015, como una Empresa Pública Nacional Estratégica, para administrar el Sistema Integral de Pensiones (SIP), determinando la fecha de inicio de actividades en un plazo de 18 meses.

Esta norma también estableció que el sueldo para sus Ejecutivos, por ejemplo, el Gerente General, tendría un límite de Bs. 70 mil, en el entendido que el área de la Seguridad Social de Largo Plazo es un campo especializado y con un alto grado de responsabilidad sobre la administración de los aportes del trabajador.

Mientras la Gestora empezaba a dar sus primeros pasos, normativamente hablando, los ejecutivos de las AFP ganaban sueldos que se encontraban fuera de la realidad boliviana, tanto así que la suma de los haberes de los Gerentes Generales de ambas AFP supera los Bs. 220 mil.

Cuando la población en general y esencialmente la Central Obrera Boliviana (COB) tomó conocimiento de los sueldos de la Gestora, que en relación a las AFP eran bajos, puso interés en este tema y a través de un acuerdo con el Gobierno se redujeron a la mitad y la COB participó activamente en la selección del Gerente General.

En febrero de 2016 (13 meses desde el D.S. N° 2248), se posesionó a dicha autoridad y debió ser necesario otorgar una ampliación, ya que la resolución del conflicto salarial de la Gestora demoró más de medio año.

En junio de 2016, con el D.S. N° 2802, se dio 15 meses adicionales (hasta septiembre de 2017) para que la Gestora inicie. En este período se observa un desafío con el traspaso de datos desde las AFP, que proporcionaban información demorada, incompleta o no acorde a los requerimientos, dilatando el comienzo de la Empresa que administrará los aportes de los Asegurados.

Parecería que el objetivo principal de las AFP, colocando problemas en lugar de soluciones, es implantar la idea de que la administración privada es correcta para un Sistema de Pensiones, siendo que estas empresas, no quieren soltar la administración del SIP porque afecta sus bolsillos. Obstaculizar el inicio de la Gestora resulta perfecto, porque día que retrasan, día que obtienen utilidades.

Los asegurados debemos solicitar al Estado que la transferencia de datos sea con cuidado, perfecto e íntegro, considerando los dos millones de trabajadores, los actuales 127 mil jubilados (97 mil más desde 2010) y todos los beneficiarios del SIP. Este trabajo culminaría, según el D.S. N° 3333, en marzo de 2019, por lo que las AFP deben entregar correctamente los 20 años de información que un trabajador pueda tener.

(*) Analista en Pensiones

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