Lunes 28 de junio de 2010
ver hoy
Oruro - Regional
En horario de atención
Establecimientos de consumo libre vulneran normativas para funcionar
28 jun 2010
Fuente: LA PATRIA
Los establecimientos de consumo libre que son los locales donde la actividad principal esta asociada con el consumo de bebidas alcohólicas como bares, quintas, karaokes principalmente, discotecas nocturnas, salones de eventos o de fiestas y peñas, incumplen la normativa que rige su actividad referente al horario de funcionamiento y en la emisión de ruidos estipulados en el Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos de Producción, Venta y/o consumo de Bebidas Alcohólicas, aprobado en la Ordenanza Municipal 26/2007.
En la normativa que es incumplida sobre la emisión de ruidos, establecida en el artículo 39 se dispone que los responsables legales o propietarios de establecimientos autorizados a utilizar sistemas de amplificación musical, actuaciones en vivo o grabadas, deben adecuar el volumen de amplificación a los parámetros permisibles de emisión de ruidos, los mismos que son de 68 decibeles (unidad de medida para ruidos), hasta las 22:00 horas y de 65 decibeles desde las 22:00 horas de acuerdo con el horario de funcionamiento autorizado. Estos valores deberán ser medidos en forma continua o semicontinua en las colindancias del predio, durante un lapso no menor a 15 minutos.
Fuente: LA PATRIA