Viernes 20 de julio de 2018
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Editorial y opiniones
El derecho aeronáutico y el jet de lujo
20 jul 2018
Israel Adrián Quino Romero (*)
Un sinfÃn de versiones se generaron sobre el ingreso de la aeronave americana Gulfstream G-1159A con matrÃcula N-557JK y su posterior incautación. La Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) del Estado boliviano informó sobre la legalidad del ingreso y las condiciones jurÃdico aeronáuticas y técnico administrativas que permitieron su arribo a nuestro territorio. El hecho, entre otras cosas, develó una serie de aristas mediáticas propias de la coyuntura polÃtica: la ausencia de peritos aeronáuticos.
En casi dos semanas por lo menos tres medios de prensa nacionales le dedicaron sus lÃneas editoriales a esta temática, dÃas inclusive en que recurrieron a una serie de fuentes de información (no oficiales) para abordar el tratamiento de este caso, propio y legÃtimo en el ejercicio constitucional de la libertad de prensa (CPE Art. 106 y 107) sin embargo, se advirtió de una manera por demás alarmante el desconocimiento de la temática aeronáutica civil.
Sobre el abordaje del "Jet de Lujo" de parte de los "analistas" debió mÃnimamente tomarse en cuenta en lo especÃfico: la negación o ingreso condicionado de la aeronave, el procedimiento de ingreso, tránsito y salida de vuelos internacionales, la emisión de autorizaciones de ingresos y salidas para vuelos no regulares, y la normativa administrativa interna de la DGAC.