Mesa dice que laudo arbitral no obliga a liquidar querellas y pide retomar juicio contra Fosk
14 jul 2018
Fuente: La Paz, 13 (ANF)
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El expresidente y actual vocero de la demanda marítima, Carlos Mesa, afirmó este viernes que la decisión del Laudo Arbitral del caso Quiborax no obliga a Bolivia a extinguir ningún proceso penal relacionado al arbitraje, lamentó el desistimiento de la acusación particular de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) contra Allan Fosk por falsificación.
Con la falsificación de documentos la empresa chilena Quiborax modificó su composición accionaria y "forzó ilegalmente la realización de este arbitraje en contra de nuestro Estado".
Mesa dirigió una carta al director ejecutivo de la AEMP, Germán Taboada Párraga, para pedirle que deje sin efecto su desistimiento de la acusación particular e impugnar la resolución judicial de absolución del caso.
"Como primer elemento que quiero destacar ante su autoridad, está el hecho de que la Decisión del Laudo Arbitral del Caso Ciadi Nº ARB/06/2 (Páginas 225 y 226, IX, 626, a) a h)), no obliga a nuestro Estado a extinguir ningún proceso penal que se vincule o relacione con la materia decidida en este arbitraje. El desistimiento de la acusación pública y particular, y la resolución judicial de absolución, dejan de lado y entran en contradicción con la sentencia condenatoria ejecutoriada de David Moscoso, pronunciada el 14 de agosto de 2009 por los delitos de falsificación y uso de documento falsificado, en virtud de los cuales se forzó ilegalmente la realización de este arbitraje en contra de nuestro Estado", se lee en la carta dirigida a Taboada de fecha 12 de julio.
El expresidente indicó que esta sentencia condenatoria ejecutoriada contra Moscoso, asume con fuerza de verdad legal irrefutable, que el perjuicio causado a Bolivia como efecto de los delitos de falsificación y uso de documento falsificado, consistió en "forzar delictivamente la realización de este proceso arbitral, que no hubiera existido si no se hubieran cometido estos delitos".
Lamentó que lo más grave en este caso es que el antecedente de la citada sentencia absolutoria, favorable para Fosk, fue la reunión en agosto de 2016 en la oficina de la Subprocuraduría General del Estado entre abogados de Quiborax y altos funcionarios de la Procuraduría, "que redactaron de manera conjunta los textos de los desistimientos y el propio texto del fallo".
"No escapa a su criterio que en la citada ocasión se produjo la colusión entre abogados extranjeros y funcionarios del Estado para redactar documentos jurídicos relativos a la justicia boliviana, y como consecuencia, un flagrante atropello a la independencia de poderes", cuestiona en la carta.
Mesa subrayó que la sentencia condenatoria ejecutoriada contra David Moscoso, por el delito de falsificación, "permitía a nuestro Estado iniciar acciones judiciales complementarias para recuperar el daño económico causado por este arbitraje, tramitado sobre una base delictiva".
Pero agregó, lamentablemente esto no será posible si no se continúa con el proceso penal contra Allan Fosk y los otros coprocesados, "por la evidente contradicción que existe entre los desistimientos de la acusación pública y particular, con la consecuente sentencia absolutoria y la condena penal ejecutoriada en contra de David Moscoso. Dos sentencias esencialmente contradictorias, al tratarse de los mismos delitos que fueron objeto de la confesión y reconocimiento de culpabilidad".
Por las razones expuestas, Mesa pidió al director ejecutivo de la AEMP dejar sin efecto su desistimiento de la acusación particular, impugnar la resolución judicial de absolución y continuar con la acusación particular y con el proceso penal, y "adoptar todas las medidas judiciales convenientes para que David Moscoso, Allan Fosk y los restantes coprocesados reparen el daño económico causado al Estado en la parte que les corresponde".
Fuente: La Paz, 13 (ANF)
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