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Domingo 27 de junio de 2010

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Revista Dominical

Paceña Vs. Auténtica

La “Guerra de las Cervezas” y una resolución de la autoridad de empresas

27 jun 2010

Fuente: LA PATRIA

Por: Alvaro F. Tapia F. - Magister Políticas Públicas, Universidad de Chile - Graduado Economía Aplicada, Pontificia Universidad Católica de Chile

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Como bien recordará amable lector, los antecedentes de la denominada guerra de las cervezas se remontan al año 2007, cuando ingresó al mercado monopólico de la cerveza la nueva Compañía Cervecera Boliviana (CCB), conocida popularmente por su producto “Auténtica”, firma que al año de sus operaciones presentó denuncias ante la ex Superintendencia de Empresas en contra de Cervecería Boliviana Nacional (CBN) por “conductas restrictivas a la libre competencia, abuso de posición de dominio de mercado, actos anticompetitivos y discriminación a la libre competencia”.

Desde entonces, esta pugna ha sido tratada mediante un proceso de orden administrativo a cargo de la actual Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), entidad que emitió hace poco la Resolución Administrativa (R.A.) 003/2010, mediante la cual se sanciona a CBN por haberse comprobado que incurrió en actos y conductas contrarias a la libre competencia; medida que no pasa desapercibida por varias razones.

En principio, dicha disposición es pionera en el ámbito de la fiscalización de empresas dedicadas a la producción y/o provisión de bienes y servicios de consumo privado, a diferencia de la supervisión de empresas que proveen servicios de consumo público con características de monopolios naturales tales como electricidad, hidrocarburos, telecomunicaciones, transportes y agua; que cuentan con una experiencia mayor en tema de la regulación económica.

En efecto, la R.A. 003/2010 sienta un precedente positivo en la defensa y promoción de la libre competencia en un país como el nuestro, donde existe una tradición escasa en la lucha contra los monopolios y oligopolios, y mucho más aún, si se considera que el comportamiento general de la sociedad boliviana no se basa, precisamente, en los principios de competencia, mérito y esfuerzo como medios legítimos para lograr el bienestar individual.

Segundo, la medida dictada por la AEMP es razonable, objetiva y ecuánime respecto a la valoración de los cargos y descargos, tipificación de las conductas e imposición de sanciones. En efecto, de las cuatro conductas denunciadas por CCB contra CBN, dos fueron probadas y dos desestimadas (una por estar fuera de las atribuciones de la AEMP, y la otra porque CCB tipificó de manera errónea la conducta denunciada).

En lo sustancial, se comprobó que CBN celebró contratos de venta exclusiva mediante las cuales otorgaba a los puntos de venta (tiendas, restaurantes, bares, discotecas, hoteles, etc.), productos promocionales (conservadores, mesas, sillas, manteles, letreros, etc.), a cambio de que no se comercialice productos de la competencia.

Esta práctica es quizás una de las mayores barreras estratégicas que utilizó CBN para anular a la competencia. Desde el punto de vista económico, el otorgamiento a título “gratuito” de los artefactos y enseres mencionados con fines “meramente publicitarios”, representan en definitiva, un ahorro significativo en el capital de trabajo para los comercializadores finales de cerveza, que en otro caso, tendrían que ser cubiertos por sí mismos. Lógicamente, esta situación induce a mantener una lealtad forzada e interesada hacia CBN. Por ejemplo, los propietarios de restaurantes que comercializan los productos de CBN, evitan incurrir en costos mayores en la adquisición de conservadores, mesas, sombrillas, letreros, etc., lo cual obviamente tiene una repercusión positiva en sus flujos de caja. En los hechos, CBN estaría subvencionando una parte importante de los costos de operación a los comercializadores finales de sus productos.

En esta línea, también se demostró que funcionarios de CBN ejercieron una presión constante a los puntos de venta con el fin de impedir la comercialización de cerveza Auténtica.

La decisión de la AEMP de sancionar las anteriores conductas reprochables e ilícitas de abuso de posición de dominio ejercida por CBN, es coherente con los innumerables hechos acontecidos de similar naturaleza que son de conocimiento público. Por citar un ejemplo. Recordemos los cuestionamientos emitidos la gestión pasada por el Viceministerio de Cultura, respecto a la existencia de contratos de exclusividad que habrían sido suscritos entre la Asociación de Conjuntos Folklórico del Gran Poder y CBN, imponiéndose la venta exclusiva de cerveza Paceña y prohibiéndose la comercialización de otras marcas de cervezas; conductas que también se habrían repetido en las entradas folklóricas de Oruro y Santa Cruz.

Al margen de las anteriores conductas anticompetitivas, la R.A. 003/2010 también sanciona a CBN por haber obstaculizado de manera maliciosa la tramitación del proceso administrativo llevado en su contra, debido a que no proporcionó información sobre su desempeño empresarial y las acciones de presión ejercidas por algunos de sus funcionarios, no obstante que esta información fue requerida de manera reiterada por la AEMP.

El tema de la información, es sin lugar a dudas, un aspecto fundamental para corregir comportamientos monopólicos en los mercados. La asimetría de información que existe entre la autoridad fiscalizadora y la empresa fiscalizada impide conocer a cabalidad si una empresa está operando de manera eficiente o ineficiente y saber cuál es la magnitud real del excedente del productor.

El caso de CBN ilustra de forma clara el comportamiento típico que asumen los monopolios respecto a la escasa predisponibilidad de transparentar información sobre su desempeño productivo, aspecto que es percibido por el monopolista como una fuente de poder para mantener su posición de dominio en el mercado.

Ante esta situación, existen argumentos que indican que los precios de la cerveza elaborada por CBN, no corresponderían a niveles de productividad óptimos, puesto que no están siendo determinados en un mercado mínimamente competitivo. Es sabido que el monopolista al no tener competidores potenciales en su mercado no tiene incentivos suficientes para ingresar en un proceso de mejora continua de su eficiencia, ó en el mejor de los casos, bajo el supuesto de que existieran ganancias de eficiencia, estos no estarían siendo traspasados a los consumidores vía precios, por lo que, en consecuencia, se estaría obteniendo márgenes importantes de utilidad a favor del monopolista.

Estas hipótesis serán despejadas en la medida en que se avance en la transformación del mercado de la cerveza hacia otro tipo de estructura donde exista un mayor número de firmas oferentes. Los beneficios derivados de ello pueden ilustrarse con el caso acontecido en el mercado cervecero del oriente peruano, donde prevalecían históricamente precios de monopolio. Una caja de cerveza Pilsen Callao llegaba a costar 40 soles. Con el sólo ingreso en el año 2005 de una nueva empresa (Cervecería Amazónica), se transparentaron los precios en el mercado y el costo de la misma caja de cerveza rebajó a 31 soles. Precio que se mantiene hasta el presente.

Por otro lado, es importante destacar que bajo un sentido de imparcialidad, la medida dictada por la AEMP no sólo impuso sanción a la empresa denunciada (CBN), sino que también penalizó, obviamente en menor grado, a la empresa denunciante (CCB), por haber emitido publicidad dañina y contraria a la reputación de CBN. Actitud que resulta ser paradójica, toda vez que CCB cometió dicho contraataque (infracción) cuando el proceso de investigación se encontraba en curso, teniendo conocimiento absoluto de la vigencia de la resolución SEMP Nº 39/2008, que justamente prohíbe la emisión de publicidad ofensiva a ambas empresas cerveceras. De este modo, CCB pasó de denunciante a denunciado.

La disputa en el mercado de la cerveza, hoy felizmente con un jugador más, muestra la importancia de avanzar lo más pronto posible en el diseño e implementación de un andamiaje legal e institucional fuerte y eficiente para promover y defender la competencia en los mercados, previendo la participación activa de los agentes económicos reconocidos en la nueva Constitución Política del Estado.

Para finalizar, señalar que la teoría económica de los mercados contestables y la evidencia empírica nos llevan a pronosticar que el gran ganador de la contienda en el mercado de la cerveza, seremos los consumidores porque tendremos, al menos, la oportunidad de poder elegir otra marca de cerveza, y quizás sea ¡a un menor precio y mejor calidad!.

Fuente: LA PATRIA
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