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Martes 26 de junio de 2018

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Suplemento Policial

Infractor del día

26 jun 2018

Fuente: LA PATRIA

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Uno de los requisitos fundamentales para la circulación de un vehículo, es el uso de las placas identificativas del motorizado. Sin embargo eso no quiere decir que el propietario pueda usar cualquier matrícula, sino que debe emplear la otorgada por el Gobierno Municipal respectivo y no así otra según señala la norma vigente.

Es el caso del infractor de esta oportunidad, quien usa en su vehículo de color negro, una matrícula que no es la autorizada por la Dirección Departamental de Tránsito y otorgada por la Policía, pues está hecho con material diferente, de otro color y características inusuales.

La denuncia realizada por un lector de LA PATRIA, muestra que este vehículo lleva una placa con el número 1458 - LRN, que podría o no ser el código alfanumérico designado por la Alcaldía a este motorizado.

De acuerdo al Reglamento del Código Nacional de Tránsito en su artículo 332, "ningún vehículo podrá circular en el territorio nacional sin placas colocadas en lugar visible y que correspondan a la serie distintiva del tipo del vehículo y de la clase de servicio a que está destinado".

Asimismo el artículo 336 de la misma norma, indica que "los vehículos llevarán únicamente las placas que se les ha asignado por el Servicio Nacional del Tránsito".

Fuente: LA PATRIA
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