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Viernes 22 de junio de 2018

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Sucre: Tv "Atesur" vuelve a emitir por cable después de 9 días de silencio
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Agenda Cultural
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Bolivia - Nacional

Sucre: Tv "Atesur" vuelve a emitir por cable después de 9 días de silencio

22 jun 2018

Fuente: Sucre, 21 (ANP)

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Censura, atropello a las libertades de expresión y de prensa, atentado contra el derecho a la comunicación y el Código Penal están entre las figuras legales en que incurrió la exclusión del Canal privado "Atesur" del servicio local de cable administrado por la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Ltda. (Cotes) durante nueve días, advirtió la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP).

El pasado viernes 15 de junio, la señal del medio audiovisual privado volvió a los televisores de los habitantes de la Capital de la República de Bolivia suscritos al servicio de cable, tras una suspensión iniciada sin aviso previo el martes 5 de junio, confirmó a la Unidad de Monitoreo de la ANP su director, Edmundo Yucra.

El silenciamiento del medio audiovisual en sus transmisiones por cable debe alertar sobre los riesgos de la aplicación de medidas administrativas que terminan atropellando derechos elementales, señaló la ANP que representa a los principales diarios, revistas y una agencia de noticias de Bolivia.

A las 19.30 del pasado martes 5 de junio, la señal de "Atesur" fue cortada poco antes de una entrevista a dirigentes sindicales de la cooperativa que se aprestaban a realizar denuncias contra los administradores de Cotes por la compra de terrenos.

Durante dos horas el silencio de "Atesur" fue completo, dijo Yucra. En ese tiempo, los técnicos trabajaron para reanudar su programación a través de señal abierta (mediante antena), mientras la difusión por cable se silenció.

El Decreto 1828 de diciembre de 2013, dispone que "los canales nacionales de servicio de radiodifusión televisiva, así como los proveedores estatales de servicio de valor agregado para distribución de señales, serán dispuestos en un solo bloque de la grilla de canales del servicio de distribución de señales�"

Una orden interna surgida de uno de los consejos de administración determinó el corte "por no haber cumplido con la firma de contrato y actualización de datos".

Hasta el presente, un total de 21 canales de televisión, entre ellos "Atesur", no firmaron contratos con Cotes y el documento debe ser elaborado por la administración del servicio de cable, y no por la empresa difusora, comentó Yucra.

El artículo 106 de la Constitución Política del Estado (CPE) garantiza a los ciudadanos el derecho a la libertad de expresión, de opinión y de información.

El Código Penal en su artículo 296 hace una defensa de la libertad de prensa y advierte que "será sancionado con reclusión de seis meses a tres años y multa de treinta a doscientos días, el que ilegalmente impidiere o estorbare la libre emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión..."

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, señala que la "censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación� debe estar prohibida por ley".

Fuente: Sucre, 21 (ANP)
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