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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Limosnas y aranceles eclesiásticos - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Si en algo tuvo razón el heresiarca MartÃn Lutero, fue en lo concerniente al abuso eclesiástico de tráfico de indulgencias. Lamentablemente este problema aún subsiste en ciertos ámbitos eclesiales, que la Santa Madre Iglesia denomina con el nombre de simonÃa.
Un amigo miembro de una asociación eclesial, me decÃa hace algún tiempo, que como laico comprometido con gusto habÃa prestado su mano de obra en un trabajo de construcción en una parroquia, pero que estaba extrañado de que el cura párroco ni siquiera le habÃa dicho «gracias». Si tal es la actitud del sacerdote, ¿cuál será la de los funcionarios eclesiásticos?
Aquà vamos a distinguir tres cosas: 1) los bienes de la Iglesia; 2) las obras de la Iglesia, y, 3) el dinero necesario para la vida de la Iglesia. Casi siempre cuando una persona de buena fe se escandaliza por ciertos abusos económicos de la Iglesia, arteramente recibe la respuesta de que «las obras de la Iglesia requieren de fondos». En efecto, la caridad organizada que permite encauzar las limosnas hacia necesidades reales y urgentes será más efectiva en manos de la Iglesia, que en otras manos, pero precisamente por esa razón es indispensable que sea correcta y transparente.
Los mismos bienes eclesiásticos, hay muchos que piensan que son propiedad de los administradores de los mismos, y es una afrenta a la caridad cuando un bien inmueble que fue adquirido con las limosnas de los fieles de aquÃ, allá o acullá, es dispuesto autoritariamente, para cubrir otros presupuestos que nada tienen que ver con la limosna original.
La misión de la Iglesia no es otra que la que le dio su Fundador. Nuestro Señor Jesucristo dice claramente «Sanen enfermos, resuciten muertos, limpien leprosos, echen fuera demonios. Recibieron gratuitamente, den gratuitamente» (Mt. 10, 8).
AsÃ, la simonÃa se define como «la deliberada intención de comprar o vender por un precio temporal bienes espirituales o anexos a espirituales». Si bien esta definición sólo habla de compra y venta, cualquier intercambio de cosas espirituales por cosas temporales es simonÃaco, basta que el motivo determinante de la acción de una de las partes sea la obtención de una compensación por parte de la otra para ser considerado acto simonÃaco.
En el tiempo escandaloso del tráfico de indulgencias, se llegó a considerar la simonÃa como un crimen abominable, ya que la simonÃa equipara lo sobrenatural con lo natural, lo eterno con lo temporal, y constituye una depreciación sacrÃlega de los tesoros divinos. Para erradicar el mal de la simonÃa la Iglesia decretó las penas más severas contra sus perpetradores.
Sin embargo, hay una excepción. Cuando San Pablo estaba en una comunidad en la que se le acusaba de predicar el Evangelio por amor al dinero, rehusaba las ofrendas y trabajaba con sus propias manos para ganar el sustento.
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