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Miercoles 02 de mayo de 2018

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Miercoles 02 de mayo de 2018
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Oruro - Regional

Empresas deben pagar retroactivo del incremento salarial hasta fin de mes

02 may 2018

Fuente: LA PATRIA

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Tras la promulgación del decreto que establece el incremento salarial del 5,5 % al haber básico y del 3 % al salario mínimo nacional para esta gestión, el ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, pese a que aún no existe la norma reglamentaria, aseveró que tiene carácter retroactivo hasta el primero de enero de 2018, es por ello que el plazo para pagar ese monto es hasta finales de mayo.

"El incremento salarial es a partir del primero de enero y el pago de los retroactivos debe ser hasta el último dia del mes de mayo, (hasta) el 31 de mayo debe pagarse el retroactivo tanto en el sector estatal como privado", apuntó.

Respecto a las sanciones que existirían para aquellas empresas que incumplan el pago, Hinojosa mencionó que el reglamento del Decreto Supremo aún no ha sido elaborado, pero en los próximos días ya se contará con ello, lo cual aclarará el panorama.

Asimismo, se refirió a las entidades territoriales autónomas y universidades autónomas, las cuales determinarán aplicar o no el incremento de acuerdo a la disponibilidad económica que éstas tengan.

"En el caso de entidades territoriales autónomas y universidades autónomas, el incremento salarial va a ser determinado por la disponibilidad que tiene cada una de las entidades, tenemos una Constitución Política del Estado que respeta la autonomía de gobernaciones, alcaldías y universidades que son las que administran sus propios recursos", complementó Hinojosa.

El día de ayer, primero de mayo, el Presidente Evo Morales, en el acto principal por el Día del Trabajo promulgó el decreto supremo que establece el incremento salarial de 5,5 % al haber básico y de 3 % al mínimo nacional, de acuerdo al comportamiento del Producto Interno Bruto (PIB) en la actualidad, aseguró el pago del segundo aguinaldo, pues se prevé que crezca por encima del 4.5 %.

Fuente: LA PATRIA
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