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Sábado 07 de abril de 2018

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Suplemento Policial

Infractor del día

07 abr 2018

Fuente: LA PATRIA

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Los infractores de esta oportunidad, decidieron "aprovechar" el ancho de la jardinera central de la avenida Villarroel para parquear sus coches; sin embargo esa acción no solo es un riesgo para el tráfico vehicular, sino que además es una falta a las normas vigentes.

La vagoneta Toyota con placa de control 2748 - CRE y el minibús verde con blanco con matrícula 439 - NYZ, fueron estacionados por sus respectivos propietarios en la intersección de la calle Potosí y la Villarroel, justo en la parte central de la avenida, al lado de la jardinera.

Esta forma de estacionamiento no está permitida por las normas vigentes, tal como establece el Reglamento del Código Nacional de Tránsito en sus artículos 122, 127 y 128, puesto que puede obstruir visibilidad de otros conductores y además en ese espacio está el cruce de "cebra".

El artículo 122 señala que "dentro del radio urbano de las ciudades y poblaciones, los vehículos se estacionarán en forma paralela al cordón de la acera, lo más cerca posible del borde de la misma y dejando entre si una distancia de por lo menos 50 centímetros".

El artículo 127 en su numeral 3 indica que no está permitido estacionar vehículos en "las aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al cruce de los mismos".

En el mismo artículo, numeral 5, prohíbe el parqueo en "doble fila respecto a otro vehículo detenido o estacionado en la calzada"; mientras que el punto 7, establece la prohibición en "las esquinas, cruces de caminos, puentes, alcantarillas, túneles, en las curvas, en la cumbre de una cuesta, con excepción de las detenciones obligadas por la circulación".

Asimismo el artículo 128, numeral 3, establece que no se puede estacionar un coche en "menos de 5 metros de una esquina o intersección de vías".

Fuente: LA PATRIA
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