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Miercoles 04 de abril de 2018

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Miercoles 04 de abril de 2018
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Autoridades de Gobierno cuestionaron esta determinación
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El conflicto continúa
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Según reporte de la Dirección de Transparencia
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Hasta el jueves colegios deben remitir sus gobiernos estudiantiles al TEDO
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Sugieren que en actividades del Día del Peatón no se usen celulares
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Editorial
Círculo de salarios y precios
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Picadas
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Preguntas de periodistas incomodan a autoridades
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¿Pasar de la clase baja a la media?
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"Santa Zapata"
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ECONOMÍA DE PALABRAS
Una guerra cantada
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Valoración y calificación de la prueba en la justicia
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Municipio priorizará asfaltado de calles adyacentes a la "nueva terminal"
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CNC impugna Decreto 3376 por atentar derechos de importadores de medicamentos
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ALDO retomará inspecciones a hogares de niños desde la próxima semana
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ASFI asegura que "no hay restricción" de horario para sacar dinero del Banco Unión
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Campaña de solidaridad sin precedentes en Ecuador por captura de periodistas
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Presidente Morales condena expresiones racistas de un docente de la Uagrm
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Molestia por anuncio de posible Encuentro Mundial de la Diablada
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Graciel presentará su primera composición
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Actividades culturales para este domingo sin tráfico vehicular
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Museo dedica retrospectiva a artista José Delarra por 80 años de su natalicio
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ABAP Oruro elegirá nuevo directorio este fin de semana
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Agenda Cultural
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GAMO considera que el Carnaval mejoró en un 80 %
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Caso Odebrecht
García Linera asegura que se tratará de establecer quiénes recibieron supuestas coimas
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Caso Banco Unión
Tras más de un mes, Fiscalía no convoca a fiscal acusado por extorsión
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Reacciones en La Paz
Víctimas: Extradición de Goni ahora es tarea del Gobierno
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Mineros quieren alza de 15 % al salario mínimo y básico
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Editorial y opiniones

Valoración y calificación de la prueba en la justicia

04 abr 2018

Raúl Pino-Ichazo Terrazas

En la valoración conclusiva del material probatorio, los fiscales averiguadores y los jueces contemplan, observan, analizan, clasifican y jerarquizan las pruebas. Comparan, entonces, las deposiciones testificales con los documentos, estos con los resultados de las inspecciones y las relacionan con los informes de los expertos, si los hubiere, a fin verificar si todo este conjunto establece una unidad coherente.

En este punto el juzgador debe desembarazarse de los pormenores y concentrarse en los fragmentos para hacerlos concurrir en un cuadro investigativo global; acción que le permite, en una última oportunidad, apreciar en forma muy crítica la totalidad del material probatorio, sin descuidar los elementos probatorios que se generaron de las impresiones personales causadas por los partícipes. Los errores o fallos de apreciación cometidos en el inicio están a tiempo de ser rectificados o corregidos, en esta fase.

La concatenación de actos obliga a que los medios probatorios inadmisibles, cuyo empleo ilícito por norma del procedimiento sean descartados en absoluto, como ser la ciencia (criterio) personal y privada del juzgador convertida en materia procesal, en los informes de organismos oficiales obtenidos por teléfono en declaraciones juradas, cuyo empleo está prohibido por ley. También deben desecharse materiales probatorios obtenidos por inobservancia de normas legales sustanciales como ser comprobantes de contabilidad conseguidos mediante penetración ilegal domiciliaria o correspondencia del imputado llegada a manos de los fiscales investigadores mediante la violación epistolar.

El lector infiere que todos estos actos ilícitos que pueden ser realizados por los fiscales investigadores tienen como causa la escasa formación profesional, deontológica y jurídica, el desconocimiento de los derechos fundamentales de las personas y la utilización de prebendas de toda naturaleza. Sobre este tema de la formación, la Escuela de Jueces de Sucre debería hacer conocer a la población el programa de estudios para los postulantes a jueces y los que asisten para reforzar los mismos, pues si los programas no son altamente exigentes, entonces, simplemente es una formalidad para ser jueces y los problemas de la mala formación subsisten en desmedro de la población,

Este es el punto de inflexión importantísimo cuando el fiscal investigador correcto y bien formado jurídicamente debe realizar un acto conciencial profundo para obtener la respuesta de esa conciencia moral que le confirmara que ha cumplido plenamente su deber de esclarecer o no. Es decir, constatar si se han agotado todas las posibilidades de investigación existentes o si todavía, en beneficio del imputado, que se lo merece por su condición humana, hay perspectivas o atisbos de continuar con el esclarecimiento practicando nuevas pruebas. Este es el único medio para tranquilizar la conciencia moral y profesional de todo fiscal investigador y juzgador.

Si solo se llegara a este punto en nuestra justicia, se podría afirmar con hechos fehacientes que se reducen sensiblemente las posibilidades de imputar injustamente a una persona y, este es un logro consistente e inapelable, que renueva la confianza del ciudadano en la justicia.

Finalmente, en la vista general de los fragmentos se confirma el aserto de que el todo es más que la suma de las partes y el fiscal investigador debe ejercitar un pensar creativo que le originara algo nuevo. Cuando el investigador se apoya en la imagen comprensiva del suceso se da cuenta que sólo puede lucubrar con el auxilio de su fantasía (imaginación) para formar el cuadro conjunto, pero debe ser parco en su empleo puesto que de lo contrario se podría perder en especulaciones fuera de la fantasía controlada y sin valor de verdad. La imaginación entendida como la facultad de reproducir en la mente rastros de impresiones sensoriales en ausencia de los objetos.

Esta consideración integra y global con los pasos precitados y ejecutados bajo exigencias draconianas, proporcionan al investigador una visión depurada de los hechos y le da acceso a una verdad aproximada a la perfección.

(*) Abogado Corporativo, postgrados en Arbitraje y Conciliación, Interculturalidad y Educación Superior, Docencia en Educación Superior, Derecho Aeronáutico, Filosofía y Ciencia Política (maest), doctor honoris causa, escritor.

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