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Miercoles 04 de abril de 2018

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Bolivia - Nacional

CNC impugna Decreto 3376 por atentar derechos de importadores de medicamentos

04 abr 2018

Fuente: La Paz, 3 (ANF)

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La Cámara Nacional de Comercio (CNC), determinó impugnar el Decreto Supremo 3376 del 25 de octubre de 2017, por el cual se modifica el decreto reglamentario 25235 de 1998, por considerar que vulnera normas nacionales y principios del derecho internacional. Denuncia además la pérdida de mercadería que no pudo ser desaduanizada.

En entrevista con ANF, el asesor jurídico de la CNC, José Eduardo Romero, señaló que el nuevo decreto obliga a los importadores de medicamentos a avalar ante los diferentes consulados de origen y la cancillería, la representación legal del fabricante, sin que en muchos casos las propias instituciones consulares conozcan el procedimiento o cuenten con la documentación para dar curso al trámite.

"Hemos impugnado el decreto 3376 que tiende a generar un cambio no solo en semántica o de palabras, sino en la forma de importación de los medicamentos, establece un criterio de que todas las importaciones sobre las que tiene facultad la Agemed deben ser no solo legalizadas, sino consularizadas, lo que implica que los importadores deben apersonarse a los consulados donde se produce los medicamentos, ejemplo en Alemania para Bayer", señaló.

El asesor jurídico explicó que antes de aprobar el decreto 3376, las importadoras solo legalizaban y establecían la habilitación de esa empresa que representaba a cierta marca en Bolivia.

"La habilitación era permanente; hay empresas que tienen esta representación desde hace 45 años porque la comercialización no solo es en Bolivia, sino estas empresas bolivianas reparten también el producto en Paraguay, Argentina y Perú, pero se les ha dicho que además adjunten un criterio, que tiene que ver con la vigencia de la empresa para poder comercializar", explicó.

Citó como ejemplo que Bayer a diferencia de las industrias farmacéuticas chinas no produce medicamentos de diferentes calidades. "Se trata de una empresa multinacional de una marca notoriamente conocida; es decir, no hay Bayer 2 o Bayer 3; los productos de China tienen producción de alta calidad, menor calidad y pésima calidad. Imagínese ahora, que tenga que traer aspirinas de Bayer y tenga que importar 10 mil paquetes, por cada paquete debo consularizar y me cobran por ese concepto", cuestionó.

Romero observó que si bien entre las facultades de Agemed está el control sobre la importación de medicamentos, cosméticos y productos de limpieza, en su criterio, la agencia estatal no aplica un tratamiento diferenciado a los productos.

"Lamentablemente dentro de la Agemed, el manejo de estos niveles no ha sido bien diferenciado, y aplican la norma a todos como si fueran medicamentos. Pero cuando se mira los productos de aseo o cosmetología no parece tener la misma fundamentación", señaló.

VULNERACI?N A LA RESERVA DEL CONTRATO PRIVADO

El artículo 42 del decreto 3376, señala que "de manera excepcional se podrá presentar el contrato privado de comercialización, para lo cual Agemed emitirá un reglamento específico".

Los importadores consultados por este medio consideraron que el contrato privado de comercialización, no sólo recoge aspectos que hacen a la estrategia de la empresa sobre su cadena de comercialización, sino también su experiencia, sus contactos y otros aspectos que están protegidos en reserva por el derecho internacional.

El asesor jurídico de la CNC, consideró que esta disposición vulnera los principios del derecho internacional de comercio de la Comunidad Andina que protege la privacidad de los contratos privados.

"Los países están obligados a respetar estas decisiones. Si no lo hacen se exponen a sanciones económicas y políticas muy serias, es claro que el Decreto Supremo 3376 de octubre de 2017 violenta las disposiciones establecidas en la decisión 486", señaló.

Dijo que está seguro que el recurso jerárquico que está en manos del Ministro de la Presidencia, luego que el Ministerio de Salud denegara la impugnación, será resuelto de manera positiva favoreciendo a los importadores legalmente establecidos en el país y permitiendo el acceso de la población a medicamentos de alta calidad.

Sin embargo, la directora ejecutiva de Agemed, María Julia Carrasco, aseguró a ANF que los contratos privados que fueron entregados a falta de la documentación consularizada, se encuentra en una caja fuerte y que sólo tuvieron acceso a los documentos su persona y la directora jurídica.

"Fue una sugerencia que ellos mismos (importadores) hicieron", dijo Carrasco, versión que fue rechazada por Romero, quien consideró que no pone en duda la probidad de la Directora de Agemed y su asesora, pero advirtió que si por alguna razón se filtra la documentación se causará un daño irreversible a la empresa afectada.

DECRETO CON APLICACI?N RETROACTIVA

La CNC también fundamentó en su impugnación que ninguna norma es de aplicación retroactiva, pero que en el caso del D.S. 3376 fue de exigencia inmediata, situación que Agemed negó bajo el argumento que hasta el 31 de diciembre del año pasado, 150 de las 560 empresas inscritas cumplieron con el requisito.

Sin embargo, recién la norma debió ser aplicada a partir del 17 de abril, 180 días después de su aprobación.

"La Cámara ha tratado de tener reuniones técnicas que permitan superar estos temas; nos hemos reunido con la Cancillería, con Agemed y la Aduana Nacional porque la Aduana tiene un problema y dice: ¿Qué hago con la mercadería de almacenes que no puede ser desaduanizada por falta de documentos de consularización?", cuestionó.

Romero observó que recién en marzo varios de los consulados estaban recibiendo timbres para validar la consularización de las importaciones de medicamentos, lo que ha generado la pérdida de mercadería con fecha de vencimiento.

"Hay importadores que han sufrido la pérdida de muchos miles de dólares porque su mercadería ha sido declarada en abandono, eso ha pasado en Santa Cruz. La Agemed se ha auto gestionado esos medicamentos y no sabemos cómo están porque han estado bajo el sol, bajo la lluvia, otra mercadería sigue en el puerto de Arica y no ha subido por falta de documentación consularizada", sostuvo.

Romero anticipó que si el Ministerio de la Presidencia no da curso a la impugnación, se analizará la presentación de un recurso contencioso administrativo ante la Corte Suprema de Justicia en Sucre e incluso ante la Comunidad Andina.

Fuente: La Paz, 3 (ANF)
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