Lunes 19 de marzo de 2018
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La hermenéutica es la ciencia que define los principios y métodos de la crÃtica y la interpretación de los textos, entonces, las singularidades atribuidas al orden jurÃdico son el predicado de su plenitud hermenéutica. No debe surgir, no puede haber interferencia entre los humanos, mujeres y hombres, no irrumpe controversia posible, por complicada que parezca, que no pueda ser solucionada por el Derecho.
El amplio ámbito de todos los casos controvertidos debe ser susceptible a solución jurÃdica, ya que se pretende regular, en todo su universo la conducta humana. En resumen, un juez sea ordinario o arbitral no puede dejar de sentenciar, y esto no porque lo diga un precepto de la ley, sino porque la misión de los jueces consiste, precisamente, en juzgar y, defraudarÃa a la población, dejando de ser juez, si obrarÃa de otro modo, porque se trata de una necesidad a priori.
Consecuentemente si un caso civil no puede resolverse o dilucidarse, por las palabras que es la conciliación ni por el espÃritu de la ley, se aplicarán las leyes análogas o jurisprudencia y, si aún el contencioso fuere dudoso, se resolverá por los principios generales del Derecho, circunscribiéndose a las circunstancias o naturaleza del caso.