Cuando realizo, esta vez la columna la escribo en primera persona, interrogantes a los futuros abogados en las clases, es repetitiva la evidencia que no se define correctamente y con intelección, lo que es un documento.
Documento es la representación objetiva de un hecho; es un concepto correcto pues el documento representa un hecho, por ejemplo: el acta matrimonial que representa la unión conyugal de dos personas que adquieren derechos y obligaciones y el matrimonio es el hecho, que no se podrá denegar en lo futuro; el carnet de identidad evidencia la existencia fÃsica de una persona y sus datos personales que lo identifican para la eventualidad de todo acto, el tÃtulo profesional que acredita a una persona a para ejercer , según prerrogativas de la constitución, su profesión sin impedimentos.
En el Derecho Procesal, documento es la manifestación de un pensamiento que ha tomado cuerpo en caracteres de escritura; definición legal que para muchos no es accesible en su comprensión por el uso de conceptos jurÃdicos y nadie tiene la obligación de conocerlos; entonces la primera definición es asequible a todos.
La prueba es la fase más importante de todo proceso y las pruebas que tienen prelación y no pueden ser refutadas por el juez son las pruebas preconstituidas que, reitero ostentan prelación sobre las otras; estas pruebas son documentos, que si se quiere utilizarlos legalmente para el definitivo esclarecimiento debe ser contemplado y leÃdo, empero, lo preeminente no es la vista sino la captación del contenido del pensamiento escrito en el documento, que generalmente afirma o niega un hecho, y luego su elaboración interpretativa.
(*) Abogado, posgrados en Arbitraje y Conciliación, Interculturalidad y Educación Superior, Docencia en Educación Superior, FilosofÃa y Ciencia PolÃtica (maestrante), doctor honoris causa, escritor
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