El país se rebela contra el tribunal arbitral en caso Quiborax por parcialidad con la empresa
14 jun 2010
Fuente: La Paz, 13 (ANF).-
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El Tribunal Arbitral en el caso de la chilena Quiborax contra el Estado boliviano debe pronunciarse sobre el pedido de recusación presentado por el país, informó la ministra de Defensa Legal, Elizabeth Arismendi, al argumentar que esa instancia se parcializó a favor de la demandante.
“Ellos verán cómo van a resolver y, seguramente, ese es el conflicto en el que se encuentran y por eso no han resuelto hasta ahora”, indicó la autoridad. El Tribunal Arbitral está integrado por Gabrielle Kaufmann-Kohler (Suiza), Marc Lalonde (Canadá) que es el árbitro de la empresa y Brigitte Stern (Francia), mediadora por Bolivia.
La resolución sobre la exclusión de los tres árbitros debe salir “del mismo Tribunal”, tomando en cuenta que “ellos tienen sus procedimientos, sus reglas”, indicó Arismendi al dejar en claro que “el Ministerio no teme a ningún proceso arbitral” en cualquier ámbito. El arbitraje se efectúa en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi).
El gobierno recusó al Tribunal, constituido el 19 de diciembre del 2007, debido a que manifestó “cierta parcialidad en favor de la empresa y en contra de Bolivia”, explicó la autoridad gubernamental. La descalificación fue presentada en abril recién pasado.
“No nos vamos a someter a ese Tribunal, porque en síntesis ha prejuzgado nuestras pruebas. Nos ha prácticamente ordenado, casi obligados a que nosotros no cumplamos nuestras normas internas y ha vulnerado nuestra soberanía”, remarcó la autoridad. Y en ese marco, “estamos a la espera de la resolución de esa recusación”, pero aún se desconoce cuándo se pronunciará.
EXCESOS INADMISIBLES
La demanda arbitral de Quiborax fue calificada de “muy sui géneris” por la Ministra de Defensa Legal, argumentando que sí es llevada adelante en el Ciadi y con sus reglas. “Sin embargo, ha habido algunos excesos por parte de este Tribunal cuando ha resuelto justamente las medidas provisionales que ha solicitado Quiborax”.
El uno de febrero del 2010, los tres miembros del Tribunal Arbitral decidieron que Bolivia debe “suspender el proceso penal identificado como Caso No. 9394/08 iniciado contra Allan Fosk, David Moscoso, Fernando Rojas, María del Carmen Ballivián, Daniel Gottschalk, Dolly Teresa Paredes de Linares, Gilka Salas Orozco, María Mónica Lorena Fernández Salinas, Yury Alegorio Espinoza Zalles, Tatiana Giovanna Terán de Velasco y Ernesto Ossio Aramayo, y cualquier otro proceso penal directamente relacionado con este arbitraje, hasta que haya concluido este arbitraje o hasta que se reconsidere esta decisión, ya sea a instancia de alguna de las Partes o por iniciativa propia del Tribunal”.
Al respecto, la ministra Arismendi asegura que con esa resolución dictada por el Tribunal “han vulnerado nuestros derechos, se han inmiscuido en nuestra soberanía”, puesto que están “sugiriéndonos” que “como Estado debamos suspender algunos procesos que estamos llevando con nuestras leyes internas”.
Adicionalmente, el Tribunal señala que “la Demandada (Bolivia) deberá abstenerse de iniciar cualquier otro proceso penal directamente relacionado con este arbitraje o tomar cualquier otra acción que pueda poner en riesgo la integridad procesal de este arbitraje”. Esta resolución fue hecha pública el 26 de febrero del 2010.
Sobre el particular, la Ministra de Defensa Legal reitera que se realizaron “las protestas muy fuertes toda vez que se han pronunciado respecto a nuestras leyes internas”.
Quiborax SA, Non Metallic Minerals S.A. y Allan Fosk Kaplun pidieron al Tribunal “medidas provisionales”, argumentando que el proceso legal que se sigue en Bolivia contra su socio David Moscoso y otras personas relacionadas con las firmas chilenas, porque pone “en peligro la integridad procesal de este arbitraje” ante el Ciadi.
Es más la sociedad Quiborax pidió que “se ordene a Bolivia y/o a las agencias o entidades bolivianas a abstenerse de realizar cualquier acto que agrave la controversia entre las partes”, incluyendo los procesos penales en el país “contra personas directa o indirectamente involucradas en el presente arbitraje”.
Como el dictamen, firmado por los tres árbitros internacionales, es “muy excesivo” y se “está advirtiendo cierta parcialidad del Tribunal en contra de Bolivia, cierta parcialidad más bien en favor de la empresa y en contra de Bolivia”, entonces “hemos presentado la recusación del Tribunal”, reiteró la autoridad.
DEMANDA
Las chilenas Quiborax y su asociada Allan Fosk Kaplun recurrieron al arbitraje en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) amparadas en el Tratado de Protección Recíproca a las Inversiones suscrito por Bolivia y Chile el 22 de diciembre de 1994.
Si bien el país se retiró del Ciadi, igual este Centro “tiene competencia” en el arbitraje internacional, porque la demanda fue iniciada en febrero del 2006, justamente “antes de que nosotros renunciemos”, explicó la Ministra de Defensa Legal del Estado.
La demanda internacional fue interpuesta a raíz de la revocatoria de la concesión minera que el Estado dio a la firma Non Metallic Minerals S.A. para explotar ulexita en el Salar de Uyuni. Esta anulación fue aprobada por decreto supremo 27589, del 23 de junio del 2004, en el gobierno de Carlos Mesa.
Fuente: La Paz, 13 (ANF).-
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