Hablar de violencia supone referirse a algo cuyo sentido es ambiguo. El término violencia tiene muchas connotaciones, y en su definición intervienen juicios morales y apreciaciones situacionales. Por otro lado, el análisis de la violencia permite perspectivas muy variadas: entre circunstancias, momentos, trastornos mentales a causa del alcohol, consumo de sustancias controladas, peleas intrafamiliares, callejeras, etc. a través de los cuales se puede estudiar y ensayar interpretaciones.
La violencia, desde el punto de vista microestructural, puede ser abordada como el ejercicio de la coacción interpersonal en encuentros de diversa naturaleza que, en función de valores, situaciones o percepciones de los actores envueltos en el encuentro, generan respuestas de diversa intensidad y consecuencias, pero que se traducen, en todo caso, en una conducta impulsiva con intención de causar daño. El elemento "impulso" permite distinguir los conceptos de violencia y agresión.
La violencia es el tipo de interacción entre sujetos que se manifiesta en aquellas conductas o situaciones que, de forma deliberada, aprendida o imitada, provocan o amenazan con hacer daño, mal o sometimiento grave (físico, sexual, verbal o psicológico) a una persona o colectividad, que al efectuar estos hechos se convierte en delito criminal cuando ocasionan además la muerte de personas afectando a su entorno familiar.
El cruel asesinato de una pareja de enamorados en la ciudad de La Paz, ha conmovido a toda la población del país por las características circunstancias y desenlace que terminó con la vida de estas personas. El Ministerio Público a través de la Policía Boliviana en un tiempo breve pudo esclarecer este hecho criminal que enlutó a dos familias y que envió con detención preventiva en los penales de máxima seguridad Chonchocoro, San Pedro y centro de orientación femenina de Obrajes a toda una familia involucradas directamente integrada por seis personas.
El hecho suscitado ha develado pormenores sociales que es trascendental analizar desde el punto de vista socioeconómico cultural y ambiental de las que se puede mencionar a) inseguridad ciudadana, en el poco control de la Policía Boliviana, Ministerio Público y Alcaldía Municipal en centros o locales de diversión los que deben tener establecido de una ley o reglamento de funcionamiento con medidas de seguridad como la obligación de instalar cámaras de vigilancia, personal de seguridad privada (registrado en el Ministerio Público) venta de bebidas alcohólicas, horarios de atención, etc b) poco control de la Policía Boliviana en centros de venta de celulares a medio uso, de dudosa procedencia (barrios chinos), lugares de re-codificación o anulación de imeis (número único de identificación de cada dispositivo móvil) se ven involucradas en hechos delictivos personas dedicadas a esta actividad ilícita, y otras que adquieren estos -por ahorrar un poco de dinero- que puede derivar en una detención preventiva c) El cuidado, prevención y sobretodo seguridad que deben tener las personas al momento de asistir a centros de diversión f) Cuidado al momento de hacer amistad con personas y la rápida confianza para aceptar invitaciones de bebidas o de visitar domicilios, lo que se debe hacer con personas conocidas y mucho menos nunca extender bebiendo en lugares desconocidos porque la mente y el cuerpo se cansan, que ocasiona la pérdida y el control de los actos y finalmente la memoria.
Estos acaecimientos delincuenciales, son reprochables desde todo punto de vista, dada la magnitud, circunstancias y consecuencias que dieron como resultado la pérdida de dos personas. Las investigaciones seguirán para encontrar relaciones de actos, movimientos, contextos y situaciones de cómo sucedieron los hechos, sin embargo nada se podrá hacer para recuperar la vida de estas dos personas. El Ministerio Público una vez que estableció los tipos de delitos que se cometieron determinó sancionarles por los delitos de feminicidio, asesinato y violación ordenando la detención de los culpables en los recintos penitenciarios
La Ley 348 en su art. 252 bis FEMINICIDIO sanciona con la pena de presidio de treinta (30) años sin derecho a indulto, en tanto que el Código Penal vigente en los Art. 252. (ASESINATO), y 308 Ter. (VIOLACI?N EN ESTADO DE INCONSCIENCIA)) sanciona con la pena de presidio de treinta (30) años, sin derecho a indulto, y privación de libertad de diez (10) a quince (15) años por la comisión de estos delitos. No obstante por los derechos que les asiste a los inculpados será necesario tomar en cuenta el Artículo 70. («NULLA POENA SINE JUDITIO»). Nadie será condenado a sanción alguna, sin haber sido oído y juzgado conforme al Código de Procedimiento Penal. No podrá ejecutarse ninguna sanción sino en virtud de sentencia emanada de autoridad judicial competente y en cumplimiento de una ley, ni ejecutarse de distinta manera que la establecida en aquella.
Este tipo de delito se suma a una serie de hechos, delictivos protagonizados en una mayoría por personas relativamente jóvenes comprendidas en edades de 18 a 35 años, situación que preocupa porque con el transcurso del tiempo se está convirtiendo en acontecimientos continuos y normales, que hacen que se pierdan el respeto a la vida del ser humano, a principios y preceptos de convivencia serena y pacífica, el desenlace trágico fortuito, desintegración de la familia, futuro incierto de los hijos, dolor y daño irreparable.
El problema es estructural social y económico, surge de la diferencia monetaria entre estratos sociales. La desigualdad genera violencia y esto explica, parcialmente, porqué la mayor parte de las muertes violentas ocurre entre los sectores populares y en este grupo etario, lo que hace necesario evaluar los hechos y lanzar una misión específica, a la vez masiva y directa, que posibilite la inclusión educativa, laboral, cultural, deportiva y política de jóvenes entre 14 y 24 años y, en particular, de los jóvenes que forman parte de bandas territoriales. Para prevenir los delitos el Estado tiene que presupuestar e invertir de forma responsable y consiente, en campañas educativas en medios de comunicación orales y televisivos así como la implementación en la currícula escolar y universitaria de materias de orientación información y reflexión acerca de la comisión de delitos, las consecuencias y desenlaces trágicos y la importancia de los valores de convivencia familiar grupal y comunal. El estado ha perdido mucho dinero en campañas publicarías para promocionar actividades de poca relevancia., cuando hay necesidades y prioridades que merecen una pronta atención como la prevención de la delincuencia juvenil y la creación de nuevas fuentes de trabajo.
(*) Ingeniero
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