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Miercoles 03 de enero de 2018

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Miercoles 03 de enero de 2018
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Bolivia - Nacional

Preacuerdo: Art. 205 no se aplica sin Ley de Salud

03 ene 2018

Fuente: La Paz, 2 Erbol

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El preacuerdo firmado este martes (ayer) en la ciudad de Cochabamba, entre autoridades de Gobierno y dirigentes del Colegio Médico de Bolivia, deja en suspenso la aplicación del polémico artículo 205 del Código del Sistema Penal, en tanto no se apruebe una Ley General de Salud.

El documento firmado por el ministro de Gobierno, Carlos Romero y los dirigentes médicos, señala que el artículo 205 no se aplicará en tanto no se realice su análisis y revisión pertinente, no se cuente con una Ley General de Salud y se implemente el Instituto Nacional de Conciliación y Arbitraje para lo cual se acuerda el plazo máximo hasta junio de 2019.

Señalan que el ?rgano Ejecutivo y Legislativo se comprometen a analizar y realizar las revisiones pertinentes de los artículos 293, 294 con la participación del sector de salud y otros que pudieran sentirse afectados, quedando por tanto en suspenso o cesación hasta su finalización satisfactoria y la aplicación de sus conclusiones en el ámbito correspondiente.

El Colegio Médico se comprometió a bajar a consideración de sus bases la aprobación del preacuerdo y el consiguiente levantamiento de las medidas de presión, quedando pendiente el tratamiento de las sanciones establecidas durante las movilizaciones.

También se compromete a aprobar una ley corta conteniendo los siguientes tópicos: la convocatoria al Encuentro Nacional por la Salud y por la Vida, anunciado por el Presidente Evo Morales con el mandato de definir conjuntamente la metodología, el mandato de constituir e implementar el Instituto Nacional de Conciliación y Arbitraje como instancia prejudicial; el mando legal de establecer las auditorías previas como dispositivo de peritaje científico y técnico, y el mandato de definir y consensuar una Ley General de Salud hasta junio de 2019.

Las autoridades de Gobierno se comprometieron a derogar los decretos 3091, 3092 y Nº 3385, se consensuará en comisión una nueva normativa para definir la Instancia de Fiscalización y Regulación de la Seguridad Social de corto plazo sobre la base del acta de entendimiento de fecha 12 de octubre de 2017.

Con relación a la fiscalización del sector público y privado deberá ser reorganizada, optimizada, evitando la burocratización, fragmentación y duplicidad de entes fiscalizadores entre subsectores de la salud que podrá ser desarrollada en una Ley General de Salud.

El convenio señala que el Colegio Médico y las Sociedades Científicas en coordinación con el Ministerio de Salud, fijarán los aranceles del sistema privado de salud en conformidad de la Ley 3131 y su decreto reglamentario.

Asimismo conformarán una mesa técnica para trabajar la implementación del Instituto Nacional de Conciliación y Arbitraje como instancia prejudicial obligatoria en el marco de la Ley 3131, decreto reglamentario y normas conexas.

Este preacuerdo que fue llevado a consideración de sus bases en los nueve departamentos, fue rechazado de manera unánime con el fundamento de que el mismo no contempla garantías para su cumplimiento, anunciando continuar con las movilizaciones en todo el país hasta conseguir la derogación de la normativa en cuestión.

Fuente: La Paz, 2 Erbol
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