Jueves 10 de junio de 2010
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LA DRA. ZULEMA NINA R. DE ARIAS, JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA DE LA CAPITAL (ORURO - BOLIVIA) POR CUANTO LA LEY LE FACULTA:
Por el presente EDICTO, cita a ZULEMA MARIA HERRERA MAMANI, para que por sí o mediante apoderado asuma defensa dentro del proceso de DIVORCIO que sigue FELlX HERRERA MAMANI contra la misma, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- MEMORIAL DE FS. 256 A FS. 257.-- SEÑORA JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA ---INCIDENTE DE CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR--- Otrosí-- FELlX HERRERA MAMANI, mayor de edad, hábil por derecho, con dom., en las calles Toledo No. 380 entre Rengel y Jaén, con C.I. No. 633084 - Or, dentro el fenecido proceso de Divorcio contra CONCEPCION MAMANI HUANCA--EXPOSICION DE LOS HECHOS.-- Señor Juez, estoy obligado a la cancelación de Asistencia Familiar por la suma de Bs. 1000 a favor de mis hijos WILDER ROLY ROUGCHER, ZULEMA MARIA y ELVIS todos de apellidos HERRERA MAMANI y a favor de Concepción Mamani.-- Este deber, ha sido cumplido mediante descuentos realizados a mi salario.-- Empero, esta situación es insostenible ya que, he contraído una deuda con el Banco Nacional de Bolivia.-- Señor Juez, los beneficiarios a la fecha son todos mayores, Wilder, es Licenciado en Contaduría Pública a la fecha se encuentra trabajando en la Contraloría, Zulema María ha concluido sus estudios en la carrera de Administración de empresas, a la fecha, tiene constituida una familia, ha concluido sus estudios en la Carrera de Medicina, actualmente se encuentra haciendo su internado y por ultimo Elvis, se encuentra estudiando en el cuarto año de la Carrera de Derecho.-- EXPOSICION DEL DERECHO Y PETICION.- Por todo lo expuesto, interpongo en la vía incidental CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR contra los beneficiarios WILDER, ROLY ROUGHER, ZULEMA MARIA y ELVIS todos de apellidos Herrera Mamani, a quienes solicito se les cite con el presente INCIDENTE DE CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR Y previos trámites pertinentes se declare probado el presente incidente pronunciándose resolución disponiéndose expresamente LA CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR y asimismo ordene la notificación a la empresa Metalúrgica de Vinto para que se deje sin efecto el descuento que se me realizaba por este concepto.-- PRUEBA DOCUMENTAL --1.-Certificados de nacimiento de los beneficiarios WILDER, ROLY ROUGCHER, ZULEMA MARIA y ELVIS.-- 2.- Certificación emitida por la Empresa Metalúrgica de Vinto donde indica que no adeudo nada por concepto asistencia Familiar.-- 3.-Carta, firmada por el señor Javier Fajardo Selaya, jefe Secc. Títulos UTO, donde se evidencia que Wilder Herrera Mamani tramitó su diploma Académico de Licenciado en Contaduría Pública.-- 4.-Carta, firmado por David L. Peredo Quiroga Tec. Sec. y Gest. de Inf. Kárdex estudiantil F.C.E.FA, donde indica que Wilder Herrera Mamani realizo su examen de grado y que Zulema María Herrera Mamani concluyó el plan de estudios en la carrera de Administración de Empresas.-- 5.-Carta, firmado por el Decano de la Facultad de Derecho Dr. Leónidas Gordillo B. donde certifican que Elvis Herrera Mamani, se encuentra registrado en la carrera de Derecho.-- 6.- Certificación de fecha 16 de julio de 2008 (lamentablemente en esta certificación se ha deslizado un error en la fecha, debiendo ser lo correcto 16 de julio de 2009), donde certifican que Roly Rougcher ha concluido el quinto curso de la carrera de Medicina.-- PRUEBA TESTIFICAL.-- 1.-JUANA MARISOL CHURQUI MAMANI DE JUANIQUINA.-- 2.-JUAN CARLOS MEDRANO ARANA.-- CONFESION PROVOCADA.--- Para ZULEMA MARIA HERRERA MAMANI, solicitando a su Autoridad señale fecha y hora para el verificativo de la correspondiente audiencia.-- Otrosí.- Solicito se notifique a la Contraloría del Departamento a objeto que certifique lo siguiente:-- PUNTO UNICO.-- COMO ES CIERTO Y EVIDENTE QUE EL LIC. WILDER HERRERA MAMANI TRABAJA EN ESA INSTITUCION.-- Otrosí 2do.- Solicito a su autoridad ordene la notificación del Personero Legal de Banco Nacional de Bolivia para que certifiquen los siguientes puntos, para fines consiguientes de ley:-- 1.-Como es cierto y evidente que Félix Herrera Mamani con C.I. No. 633084 Or, ha obtenido un préstamo de dinero de su Institución Bancaria por la suma de Bs. 30.000.00.-- 2.-Como es cierto y evidente que las cuotas mensuales son de Bs. 1.200.00.-- 0ruro, Abril de 9 de 2010.-- Fdo. ABOGADO.-- Fdo. INTERESADO.-- DECRETO DE FS. 257 VLTA.-- A, 13 de abril de 2010.--- De la revisión de los certificados de nacimiento cursantes en obrados se colige que los hijos han cumplido la mayoría de edad, por lo que a fin de evitar nulidades que vayan en perjuicio de las mismas partes, con carácter previo diríjase el Incidente correctamente ley se dispondría lo que fuera de ley.-- Al Otrosí y Otrosí 2° A lo principal.-- Fdo. -Dra. Zulema Nina R. de Arias.-- JUEZ DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA- (ORURO-BOLIVIA).-- Fdo.—Ante Mí: Dra. Jimena I. Díaz Farro.-- SECRETARIA-ABOGADO-- JUZGADO DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA - (ORURO-BOLIVIA).---MEMORIAL DE FS. 259.-- SEÑORA JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA- Cumple lo ordenado.--- Otrosí-- FELIX HERRERA MAMANI.-- Cumpliendo con lo que su autoridad ha solicitado se ha insertado el nombre de los beneficiarios en la parte superior del memorial, indicando que el incidente está dirigido contra WILDER, ROLY ROUGHER, ZULEMA MARIA y ELVIS todos de apellidos HERRERA MAMANI, dentro el tenor del memorial donde se plantea el INCIDENTE DE CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR, se indica claramente los nombres y generales de ley contra quienes se dirige el mismo, de este modo tengo a bien ratificarme en todos y cada uno de los puntos manifestados en el memorial de fecha Abril 9 de 2010, donde se plantea INCIDENTE DE CESACION DE ASISTENCIA FAMILIAR, solicitando a su autoridad pronunciarse sobre el mismo.-- Oruro, Abril 19 de 2010.-- Fdo. ABOGADO.-- Fdo. INTERESADO.--- DECRETO DE FS. 257 VL TA---Á, 21 de abril de 2010.--- Habiendo cumplido lo dispuesto a fs. 257 vlta. Téngase por admitido el incidente de Cesación de Asistencia Familiar TRASLADO personal a WILDER HERRERA MAMANI, ROLY ROUGCHER HERRERA MAMANI, ZULEMA MARIA HERRERA MAMANI Y ELVIS HERRERA MAMANI a objeto respondan dentro del plazo por ley.- Por ratificada la prueba literal cursante en obrados y por ofrecida la prueba literal aludida con noticia contraria.- Con relación a la prueba testifical y confesión provocada, resérvese para su oportunidad.- Al Otrosí.- Como se solicita previas las formalidades de ley.-- Fdo.- Dra. Zulema Nina R. de Arias.-- JUEZ DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA- (ORURO-BOLIVIA).-- Fdo.- Ante Mí--Dra. Jimena I. Díaz Farro.-- SECRETARIA-ABOGADO.-- JUZGADO DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA - (ORURO-BOLIVIA) --- MEMORIAL DE FS. 265---SEÑORA JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA.- Solicita citación por Edictos.—Otrosí.-- FELlX HERRERA MAMANI de la representación que cursa se puede establecer que Zulema María Herrera Mamani no pudo ser citada con el incidente de cesación de asistencia familiar, en vista que supuestamente ya no vive en ese domicilio ubicado en las calles La Salle N° 173 entre Tomas Frías y Renjel, desconociendo el domicilio actual de mi hija, solicito a su autoridad disponga se le cite mediante edictos, previo juramento de ley.-- Otrosí.- Protesto cumplir con los recaudas de ley.- Oruro, Mayo 7 de 2010--- Fdo. ABOGADO-- Fdo. INTERESADO.-- DECRETO DE FS. 265 VLTA-m a,8 de mayo de 2010. -Líbrese edictos de ley previo juramento previsto por el Art. 124 parágrafo III del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse DOS EDICTOS EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN NACIONAL Y UN EDICTO EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN LOCAL.- Al Otrosí.- Se tiene presente.-- Fdo.-Dra. Zulema Nina R. de Arias.-- JUEZ DE PARTIDO 4to. de Familia- (ORURO-BOLIVIA).-- Fdo.—Ante Mí: Dra. Jimena I. Díaz Farro.-- SECRETARIA- ABOGADO-- JUZGADO DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA - (ORURO-BOLIVIA).--- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ. D.S.O.
Fuente: LA PATRIA