Viernes 15 de diciembre de 2017
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Se suponÃa que un paÃs de raigambre minera como el nuestro, que nació a la vida republicana precisamente para defender su riqueza mineralógica y evitar que la misma siga siendo transportada a otros confines del mundo cuando debe constituirse en la base más sólida de la economÃa nacional, como sucedió después y se muestra en ese parangón aún en el presente y lo decimos recién, debió tener un "registro minero".
Un registro minero que tendrÃa múltiples utilidades, desde el control legal de las concesiones mineras, el seguimiento de los niveles de prospección, exploración y explotación de yacimientos, en la medida que se vayan concretando como proyectos generadores de ingresos para el Tesoro Nacional, además de tener datos fehacientes sobre inversiones, condiciones laborales, cantidad y calidad de fuentes de empleo en la variada escala que tiene la minerÃa y más adelante se incorpora la metalurgia, realmente precisaba todo este complejo sistema de un "registro minero", profesionalmente elaborado para su segura utilización.
En el movimiento de las tareas mineras, no sólo las de orden estatal que además se fueron convirtiendo en responsabilidad de su control, tras pasar a la administración del Estado (por nacionalizaciones), están las actividades de la minerÃa privada, mediana y chica, que en realidad son las que no han dejado de estar bajo estricto control debido a su registro legal, lo que no ha sucedido en el plano regular de la minerÃa cooperativizada, que a la fecha todavÃa no ha formalizado su vigencia en base a un registro real, que acomode a las mismas en la adecuación a las normas del sistema solidario o las ubique en una categorÃa de pequeñas o medianas empresas.