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Derechos Humanos y garantías constitucionales - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Viernes 08 de diciembre de 2017

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Viernes 08 de diciembre de 2017
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Editorial y opiniones

Derechos Humanos y garantías constitucionales

08 dic 2017

Ramiro Siles Velasco

A propósito de la celebración de la declaración Universal de los Derechos Humanos el próximo 10 del presente es esencial conceptualizar que "Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición". Todos tienen los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna, los que son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

La simple condición de pertenecer a la raza humana otorga a todas las personas una serie de derechos y libertades que deben ser cuidados y respetados por igual por todos y todas, en todo el Mundo. Los Estados o Gobiernos deben respetar los Derechos Humanos, como el derecho a la vida, la libertad, la seguridad de la persona, o la protección ante la discriminación, entre otros. Se entiende que los Derechos Humanos poseen un número de características que les son intrínsecos y que brindan seguridad a todo ser humano en cualquier parte del mundo para que se respeten en mismas condiciones. Así, los derechos que se indican además de ser atemporales y personales (Es decir, que no se vencen y que se aplican a cada uno) son indivisibles (No puede existir uno sin que se cumpla el otro) e intransferibles (No pueden ser dados, nacemos con ellos por lo tanto nos preceden). Esto les otorga una condición de imprescriptibilidad que hace que no haya gobierno, ser humano o institución que pueda dudar de ellos o no cumplirlos sin saber que está cometiendo un delito. El respeto y garantía de los Derechos Humanos es un propósito general de todas las constituciones, es el Estado quien tiene la obligación de respetarlos y de garantizarlos, adoptando las medidas necesarias para lograr su satisfacción en la población y asegurar la prestación de determinados servicios.

Respecto de los derechos políticos, la Convención Americana establece en su artículo 23 que todos los ciudadanos tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; derecho a votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; así como también derecho al acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país. Las constituciones Políticas establecen que estos tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por la Constitución y las leyes.

En tanto que las garantías constitucionales son el conjunto de medios que las Constituciones, -entendida como la cumbre de las Leyes-, que los Estados o Gobiernos, establecen, ponen a disposición de los habitantes a efectos de sostener y defender sus derechos frente a las autoridades, y frente a otros individuos o grupos sociales. Son mecanismos por el que se limita y se pone un freno a la arbitrariedad y al carácter unilateral de las acciones de los Estados.

Se encuentran relacionadas con las garantías procesales, que son las instituciones y los procedimientos de seguridad creados a favor de las personas, y que dispongan de los medios para hacer efectivo el goce de sus derechos. En un Estado democrático tanto las instituciones estatales como las privadas se rigen por la ley. Los gobiernos tienen la responsabilidad de velar para que todo el ordenamiento jurídico, constitución política, leyes, decretos ordenanzas, reglamentos, tratados, convenciones y pactos que se suscribieron en el plano internacional sirva realmente para el ejercicio y la garantía de la protección de los derechos de todas las personas. En general, las primeras partes de las Constituciones se orientan a las declaraciones, los derechos y las garantías y se consagran cuáles son las que tienen aseguradas todas las personas. Las garantías constitucionales contienen precauciones procesales así como limitaciones al poder público, y constituyen una protección de la libertad.

En este sentido, uno de los ámbitos que mayores garantías constitucionales ofrece son los procesos jurídicos, en la medida que se observa que incumplir con ellas sería exponer a una persona a ser privada de su libertad en forma injusta, entonces surgen estas garantías entre los que se pude mencionar Habeas Corpus, institución jurídica que busca evitar arrestos y detenciones arbitrarias, Habeas Data, el derecho a acceder a la propia información en cualquier registro o banco de datos, recurso de amparo, demanda jurídica realizada cuando ciertos derechos no se cumplen, presunción de inocencia, derecho a ser juzgado por jueces competentes e imparciales, entre otros

En los Estados autoritarios y dictatoriales las garantías establecidas por las constituciones están lejos de practicarse en los hechos, en la mayoría de los casos. En rigor de verdad, los pactos y las convenciones sobre Derechos Humanos que sientan las bases sobre estas garantías muchas veces están lejos de ser un reflejo de lo que ocurre en la realidad, y más bien los sistemas jurídicos y penales tienden a reproducir las desigualdades de la sociedad, en razón de que estos gobiernos someten a la justicia a sus intereses personales o de grupo político. En este contexto surge la necesidad de construir una justicia independiente, idónea, libre, y trasparente que emerja del soberano para conseguir el reconocimiento de los derechos fundamentales de los individuos, y de su efectiva protección y tutela como piedra fundamental en el Estado.

Los Gobiernos o Estados dictatoriales empiezan desconociendo, violando y despedazando sus Cartas Magnas, y con comportamientos irregulares quebrantando las Leyes alcanzan el poder, y una de las acciones típicas es la suspensión de las garantías constitucionales, para actuar sin límites. Por esta razón es transcendental preservar y defender estas garantías como una herramienta que tiene la sociedad para protegerse de políticos incrustadas en los órganos judiciales y cumplir las decisiones absurdas e irracionales de los gobernantes de turno.

(*) Ingeniero

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