Conductores que utilicen celulares serán multados con Bs. 300, 500 y 800
06 dic 2017
Fuente: LA PATRIA
¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...
La reglamentación a la Ley Municipal de Restricción del Uso de Teléfonos Celulares a Conductores a Bordo de un Vehículo, establece múltiples sanciones de carácter económico a la que será sujeto el infractor, por tal razón las autoridades iniciarán un trabajo de socialización para que esta normativa pueda ser aplicada en todos sus alcances.
En los últimos días, instancias ejecutivas de la Alcaldía de Oruro derivó al Concejo Municipal el documento de reglamentación a dicha ley, cuyo contenido destaca la existencia de 10 artículos, siendo el más importante las sanciones emanadas en el caso de ser evidente la vulneración en sus disposiciones.
En el capítulo tercero, en su artículo 8, estipula que todo conductor que sea sorprendido empleando cualquier tipo de aparato móvil, ya sea, teléfonos celulares, tablets, computadoras, auriculares, audífonos u otros dispositivos analógicos, serán sancionados económicamente con una multa de 300 bolivianos en una primera oportunidad, 500 bolivianos en el caso de reincidencia y 800 bolivianos en una tercera vez, además del decomiso de placas de control del vehículo automotor y su retención por un lapso de 6 meses.
Estas multas deberán ser pagadas en la dirección de Recaudación Tributaria del Gobierno Municipal previa extensión de una boleta de infracción.
"Está promulgada la ley, entonces, esto es de cumplimiento inmediato, las sanciones pecuniarias son necesarias para que la ciudadanía asuma consciencia, esta ley la hemos propuesto porque en un diagnóstico solo en el centro de la ciudad, hemos visto que de 10 conductores 7 u 8 están utilizando sus celulares, lo que se constituye en un riesgo", afirmó la presidenta de la comisión de Asuntos Financieros y Administrativos del Concejo Municipal de Oruro, Magda Suaznabar.
SOCIALIZACION
Para las autoridades es importante convocar la participación de la ciudadanía en general, particularmente del autotransporte orureño, de manera que se pueda generar espacios de información, para que en un futuro la aplicación de la ley pueda reflejar resultados positivos en bien del orden y la seguridad vial.
"Toca socializar, estamos empezando con los medios de comunicación, el ciudadano debe asumir consciencia para evitar accidentes y muchas situaciones de lo que significa el libre tránsito, la socialización no solo se la va a realizar por los medios, sino también en la calle con la distribución de todo tipo de material", añadió la autoridad edil.
Cabe señalar, que en este trabajo participarán diferentes instancias operativas del GAMO como también la Policía Nacional por medio de la Dirección Departamental de Transito.
MÁS DATOS
La presente ley fue promulgada por el ejecutivo municipal el 18 de julio de esta gestión.
El contenido de su reglamentación que contempla 10 artículos fue aprobado por medio del Decreto Municipal 087 del 21 de noviembre del 2017.
EXCEPCIONES
Tomando en cuenta las particularidades de trabajo propio de una determinada institución, quedan exentos.
Funcionarios de la Policía Boliviana en sus distintas unidades.
Conductores de ambulancias, camiones de bomberos, grupos especiales de rescate.
Los conductores de radio taxi únicamente en sus móviles, walkies talkies, por efecto de su desempeño laboral en horarios de trabajo.
Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.