Martes 05 de diciembre de 2017
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Editorial y opiniones
La inclinacion al bien es indivisible de la justicia
05 dic 2017
Raúl Pino-Ichazo Terrazas
Existe, por sus respectivas génesis etimológicas, una autentica antÃtesis entre el Derecho natural y el positivo; la supremacÃa corresponde al primero que existe antes que el Estado y conserva siempre su preeminencia, el Derecho positivo debe adherirse a su esencia de derecho escrito posterior.
Cuando un jurista no se encuentra limitado en sus conocimientos no deja de reconocer que el Derecho natural confiere las directrices que orientan las legislaciones. Los abogados que ostentan limitados conocimientos referentes a las cuestiones del Derecho natural, lamentablemente muchos, se limitan a dogmatizar y aplicar sin reflexión metajurÃdica necesaria el Derecho positivo.
El Derecho natural se apoya en su fundamento en los derechos innatos antes que los adquiridos y estos derechos innatos son inherentes al ser humano antes que llegue a constituirse como un individuo social o perteneciente a una colectividad. Los segundos tienden a ser derechos que se añaden a la persona en cuanto asume su pertenencia a una sociedad, a la familia y finalmente al Estado.
La formación de un buen jurista no sólo se refleja, sin duda posible, en el dominio de los códigos de todo ordenamiento jurÃdico, tampoco en su aplicación liberal; el Derecho natural genera en el estudiante y en el profesional abogado un ansia de elevar su espÃritu y aproximarse en cada caso a la verdad que decante en la justicia; para ello estudia, reflexiona, discierne y juzga con las directrices del espÃritu en la aplicación de las normas.