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Jueves 30 de noviembre de 2017

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Jueves 30 de noviembre de 2017
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En diferentes ciudades del país
Surgen reacciones en defensa de la democracia
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Para las elecciones del domingo
Amplían horario de atención en Segip por demanda de cédulas
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Inicia silencio electoral y TEDO anuncia restricciones para las elecciones
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No está preparado para uno mayor
Bolivia registró 1.324 sismos de baja intensidad en 10 meses
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Habrá un día específico instituido
Aprueban ley municipal que incentiva el uso de la bicicleta
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Por alerta sanitaria en Perú
Oruro se suma a la prohibición de conservas chinas
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Reglamento de control social de la CNS es modificado en taller
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Oficialismo congratula el fallo del TCP bajo el mismo discurso político
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En respuesta al fallo del TCP
Oposición llama a defender la democracia y abre opción de crear un frente único
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Población orureña se siente indignada ante fallo del TCP
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Medidas preventivas
Concejales piden acciones para evitar inundaciones cerca al kínder Canadá
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Centro de reintegración Renacer gradúa a dos bachilleres
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Están en huelga de hambre
40 trabajadores de "Sotemin" piden pago de sus beneficios sociales
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AL-invest 5.0 busca mejorar la productividad de microempresarios
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GAMO y colegio Americano buscan arborizar la calle Potosí
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Investigadores de la Facultad Técnica muestran sus trabajos
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Editorial
Legítimas expresiones ciudadanas
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Picadas
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A un año de la muerte de Fidel Castro
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El TCP y la interpretación constitucional
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BUSCANDO LA VERDAD
Se puede y�¡se debe hacer!
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SURAZO
El voto
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Dictadura por democracia
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28 proyectos investigativos se mostrarán como un aporte a la sociedad
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ANP denuncia agresión a periodista
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Tras 7 días de huelga médica
Enfermos recurren a remedios caseros para aliviar su dolor
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Futuros químicos observan que agua de Huajara es "dura"
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Jubilados piden auditorías en la CNS
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Bolivia inicia exportación de urea a Brasil por $us 100 millones
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La delegación siria llega a Ginebra en un ambiente nada propenso a avances
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93 años de la Fraternidad Morenada Central Oruro
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Alcides Calizaya inauguró su exposición "Mis desvelos"
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Una guerra mundial se desató en el Altiplano según libro de Andro Suxs
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Cuatro artistas plásticos orureños triunfan en Potosí
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Problemática del lago Poopó será reflejada con expresiones artísticas
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Radiohead participará en festivales en Colombia, Perú, Argentina y Brasil
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Asamblea Permanente de DD.HH de Bolivia
Al pueblo le asiste el derecho a la rebelión frente a la ruptura del orden
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ASFI advierte que quienes no voten no podrán realizar trámites por 90 días
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Art. 23 de la Convención Americana de DD.HH no avala la repostulación
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Presentarán fallo del TCP a la CIDH como prueba del golpe a la Constitución
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Evo dice que el fallo del TCP garantiza estabilidad y continuidad democrática
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Editorial y opiniones

El TCP y la interpretación constitucional

30 nov 2017

Israel Adrián Quino Romero

Los análisis primigenios apenas se pusieron en vigencia, la CPE el año 2009, daban cuenta de una denominada corriente del Neoconstitucionalismo Latinoamericano; con sustanciales variaciones respecto al derecho constitucional, llamémosle, clásico.

El reciente fallo SCP 084/2017 del TCP, produjo reacciones políticas adversas y por defecto naturales: iracundas de rechazo por un lado, y de ovación eufórica por otro.

Lo paradójico fueron las algunas expresiones conservadoras arguyendo vulneración a la CPE, cuando esos mismos actores "la negociaron" en el proceso de adecuación congresal del mes de octubre del año 2008.

Para ese entonces, se especuló con la cantidad de modificaciones al proyecto aprobado por la Asamblea Constituyente; no faltaron voces que afirmaban un centenar de reformas al documento aprobado en Sucre (en grande), en Oruro (en detalle) y en La Paz (comisión de redacción).

El mayor debate fue la "reelección". Los responsables de esa "adecuación congresal", acordaron por una sola vez de manera continua la reelección presidencial (Art.168 CPE), correcta o no; la previsión fue esencialmente electoral donde el soberano sea el titular de esa decisión en las urnas.

Quienes inicialmente trabaron en el legislativo la convocatoria a referendo constitucional, y luego asesoraron "las modificaciones"; omitieron analizar "la voluntad del constituyente" (Art. 196.II), en razón de la función interpretativa del Tribunal Constitucional. Por ello "los documentos, actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto", que no son más que aquéllos elaborados por la Asamblea Constituyente en todas sus estaciones hasta la adecuación congresal, son plenamente válidos para interpretar la Constitución en actual vigencia. De allí que al analizar la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta (AIA), se utilizó ese procedimiento jurídico que motivó en parte el fallo del TCP del pasado 28 de noviembre.

El álgido escenario político hoy en día se superpone al elemento jurídico-constitucional. En cualquier caso el soberano definirá en las urnas, a pesar de la habilitación de candidaturas, si reelige o no a sus gobernantes.

(*) Abogado y Periodista

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