Jueves 30 de noviembre de 2017
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Editorial y opiniones
El TCP y la interpretación constitucional
30 nov 2017
Israel Adrián Quino Romero
Los análisis primigenios apenas se pusieron en vigencia, la CPE el año 2009, daban cuenta de una denominada corriente del Neoconstitucionalismo Latinoamericano; con sustanciales variaciones respecto al derecho constitucional, llamémosle, clásico.
El reciente fallo SCP 084/2017 del TCP, produjo reacciones polÃticas adversas y por defecto naturales: iracundas de rechazo por un lado, y de ovación eufórica por otro.
Lo paradójico fueron las algunas expresiones conservadoras arguyendo vulneración a la CPE, cuando esos mismos actores "la negociaron" en el proceso de adecuación congresal del mes de octubre del año 2008.
Para ese entonces, se especuló con la cantidad de modificaciones al proyecto aprobado por la Asamblea Constituyente; no faltaron voces que afirmaban un centenar de reformas al documento aprobado en Sucre (en grande), en Oruro (en detalle) y en La Paz (comisión de redacción).
El mayor debate fue la "reelección". Los responsables de esa "adecuación congresal", acordaron por una sola vez de manera continua la reelección presidencial (Art.168 CPE), correcta o no; la previsión fue esencialmente electoral donde el soberano sea el titular de esa decisión en las urnas.