Miercoles 22 de noviembre de 2017
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Oruro - Regional
Falta de reglamentación a la Ley 830 impide definir competencias entre Sedes y Senasag
22 nov 2017
Fuente: LA PATRIA
Si bien desde el 2016 está vigente la Ley, Nº 830, de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, la Unidad de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Servicio Departamental de Salud (Sedes) considera que existen muchos vacíos legales en dicha norma, lo cual no permite definir las competencias entre dicha entidad y el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag).
"Tras emisión en el 2016, septiembre, de la Ley Nº 830 (de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria ) donde da atribulaciones para que el Senasag se haga cargo del registro sanitario, aún queda con muchos vacíos legales, ya que no tiene reglamentación como toda ley debe tener, a espera casi más de un año, hasta la fecha no tenemos una reglamentación, por lo que nosotros no tenemos competencias definidas, tanto el Sedes como el Senasag, lo que si queda claro es que sí o sí el registro lo realiza el Senasag", señaló la responsable de la Unidad de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Sedes, Janeth Mamani.
Si bien esta entidad dejó de emitir el registro sanitario correspondiente a los productos alimenticios, enmarcados en el Código de Salud, tendrían tuición para entregar la autorización sanitaria a las empresas que cumplan los requisitos mínimos de inocuidad en productos alimenticios, pues su objetivo es velar la protección de la salud de la población y prevenir las enfermedades transmitidas por alimentos.
Fuente: LA PATRIA