En democracia, cuando se analiza el principio de -un voto una persona-, se debe tomar en cuenta la igualdad del voto es decir cuando se emite un voto ya sea por un determinado candidato o por "Ninguno" que se expresa mediante el voto en blanco o anulando la papeleta de sufragio.
En democracia, para ejercer el derecho al voto libre secreto es trascendental incluir dentro las preferencias democráticas el recuadro con la opción "Ninguno" de esta manera se estarÃa obrando en justicia, democrática y se respetarÃa los derechos de los ciudadanos de discrepar y discernir con los candidatos. Al no tomar en cuenta esta opción se estuviesen vulnerando los derechos de los ciudadanos a emitir su diferencia y preferencia libre y con discordancias.
Entendiendo que la democracia es el conjunto de las reglas del juego que permiten tomar las decisiones colectivas, bajo el supuesto de igualdad, y "Â? para que los jugadores puedan jugar, deben ser libres de elegir el propio juegoÂ?" la igualdad es la categorÃa o fundamento filosófico de la democracia; y la libertad es su principio libre del ciudadano, ambos elementos -libertad e igualdad- son constitutivos del proceso de reconocimiento y expansión de los derechos de los ciudadanos y de la propia democracia. El principio una persona-un voto constituye la base misma de la igualdad entre los ciudadanos mediante el transcurso de todo proceso electoral.
Otro de los principios del derecho electoral es la libertad para ejercer el derecho al voto que es libre porque se fundamenta la esencia de la democracia, que si no es libre, no es voto y por tanto, incapacita la posibilidad de elegir. La libertad de elección es una exigencia fundamental de la elección misma; sin ella no existirÃa en absoluto una elección. Significa que el acto de la emisión del voto debe ser ejercido sin coerción y sin presión ilÃcita y el voto "Ninguno" es la libertad que tiene el soberano de elegir esta opción cuando no está de acuerdo con ningún candidato
El voto secreto exige que la decisión del elector, en forma de emisión del voto, no sea conocida por otros. Es directo porque en razón de que el soberano mismo mediante el voto elige a los titulares de los escaños o del poder ejecutivo, sin que medie una persona o un grupo de personas y del mismo modo cuando el soberano perdió la confianza en los candidatos y su preferencia es "Ninguno".
Por esta razón se debe obrar en justicia y habilitar esta casilla como un principio de igualdad y equidad para los ciudadanos que no están de acuerdo con candidaturas en una elección determinada.
(*) Ingeniero
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