Viernes 17 de noviembre de 2017
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Oruro - Regional
En cumplimiento a la Ley Nº 830
Productos alimenticios deben tener registro de Senasag y ya no del Sedes
17 nov 2017
Fuente: LA PATRIA
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En el marco del cumplimiento a la Ley Nº 830, de sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria, la oficina regional del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag), informó a la población orureña que todos los productos alimenticios deben contar únicamente con registro sanitario otorgado por esa institución, pues la que entregaba el Servicio Departamental de Salud (Sedes) ya no tiene vigencia.
El 16 de septiembre del 2016 se promulgó la Ley Nº 830, la cual entrega toda la potestad al Senasag para emitir los certificados de registro sanitario, un trabajo que hasta ese entonces era tuición del Sedes, el último registro sanitario emitido por la entidad de salud feneció en el mes de agosto.
"Es importante mencionar a la población y recomendar que adquiera productos con registro sanitario emitido por el Senasag, todos los productos del rubro alimenticio deben contar con una etiqueta donde figure el registro sanitario emitido por el Senasag, el del Sedes prácticamente ya no tiene vigencia", aseveró el responsable departamental de Senasag, Olquer Calle Guzmán.
Fuente: LA PATRIA