Los jueces siguen fallando eludiendo el fondo de la causa
18 sep 2017
Raúl Pino-Ichazo Terrazas
Este problema de formación sigue causando una injusta incertidumbre en el desafortunado litigante. Los recursos de defensa establecidos por la constitución como el amparo constitucional y las dos vertientes de extinción y prescripción de la causa y otras causas, no son elaborados en sus determinaciones finales e irrefutables, que asumen la calidad de cosa juzgada que preserva la seguridad jurÃdica, con el conocimiento necesario, la paciencia en el repaso de la decisión en borrador, para pasar a un segundo borrador y hasta un tercero; intelección en la revisión prolija del debido proceso, de los incidentes, del tiempo transcurrido y de lo que prescribe el procedimiento a seguir en la propia ley invocada.
Es complicada y exigente la labor del juez porque analiza, dictamina y sentencia; por ello debe estudiar incesantemente las formas de evolución de la producción e investigación de la pruebas y fundamentalmente debe poseer capacidad para extraer de la historia del expediente la decisión en conformidad estricta a los sucesos cronológicos, los cuales, como se sabe, se someten al procedimiento establecido. El juez responsable considerará siempre la condición humana de los presuntamente culpables con profunda convicción y deberá sentir empatÃa por el sufrimiento o desgracia del otro, aun asÃ, deberá someterse sin ápice de variación a lo que determina la ley interpretada con sana crÃtica y conocimiento jurÃdico; de esta forma el juez habrá transformado la ley que es abstracta en concreta. Esa es su labor ineludible y obligatoria, empero, no lo hace por deficiencias de formación jurÃdica, entonces, surgen las conocidas y perniciosas dilaciones en los procesos.
De todo ello se desprende que hay dos cuestiones con significado en la investigación. La primera ¿Cómo deciden de hecho el juez y los tribunales en los casos de tipo determinado?, y la segunda ¿Cómo deberÃan decidir el juez y los tribunales los casos de un tipo indeterminado?, lo que interesa cardinalmente es saber que hacen y que deberÃan saber hacer el juez y los tribunales. Todo lo demás es palabrerÃa y solo complemento. La conclusión sociológica y teleológica estriba en que la sociedad no observe a los jueces y fiscales como servidores públicos peligrosos que engendren temor, empero, aquellos hacen lo contrario para que permanezca ese temor y el peligro, sobre todo observar la situación de un juez y sus modos de ser y actuar sucesivos, por lo cual es verosÃmil deducir de ellos imperfecciones graves en relación a los cambios probables que hayan de influir sobre sus condiciones de vida. La solución es la evaluación permanente de los jueces.
(*) Abogado, posgrado en Conciliación y Arbitraje, Interculturalidad, Educación Superior, doctor honoris causa, docente universitario, escritor.
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