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Viernes 11 de agosto de 2017

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Editorial
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Gestión de procesos electorales
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En Bolivia:
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Policías de Bolivia y Chile hablarán sobre contrabando y robo de autos
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Anunció procesos contra fiscales de La Paz:
Fiscal general advierte errores en el caso de Carmen Chacón
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Gremialistas protagonizan una pelea campal en pleno centro paceño
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Editorial y opiniones

Gestión de procesos electorales

11 ago 2017

Ramiro Siles Velasco

Para entender lo que es la gestión de procesos electorales es recomendable entender que procesos electorales son "una serie continua y concatenada de actos y acontecimientos complejos con efecto preclusivo, -efectuado por el �rgano Electoral-, destinados a organizar instrumentar y facilitar la realización de elecciones, referéndums, y plebiscitos, que concluye con la entrega oportuna de resultados".

La Ley 026 no define el significado de procesos electorales, refiriéndose en forma específica a las elecciones como a los diferentes referéndums que se llevarían adelante con la organización, administración y ejecución del órgano electoral plurinacional.

Gestión de procesos electorales es la ejecución de procesos en las etapas que tienen lugar en el marco de una elección y dentro de los cuales se dan el cumplimiento a los requisitos establecidos por la ley en reaseguro de las condiciones de legalidad, legitimidad e igualdad que deben regir toda actividad electoral.

Las etapas de todo proceso electoral son tres y se las denominan actos que son: a) Preelectorales, que es aquel conjunto de procedimientos y actos preparatorios, dispuestos por ley, a efectos de facilitar la organización de todas las instancias previas destinadas a la realización de las elecciones. Entre ellos se pueden citar la confección del Padrón Electoral, la oficialización de listas y de las papeletas de sufragio, la designación de autoridades de mesa, la preparación y distribución de las ánforas electorales, la selección de núcleos escolares que funcionan como recintos electorales y la cooperación de las fuerzas de seguridad, etc. b) Electorales, que tienen por finalidad receptar la voluntad popular, y se caracterizan por su capacidad de trasuntar el mandato individual de cada ciudadano para convertirlo en expresión colectiva destinada a determinar quiénes resultarán depositarios de la soberanía popular durante un período determinado de tiempo. c) Post electorales, que conforman la tercer y última etapa del proceso electoral, y son aquellos que procuran descifrar y dar cumplimiento a la voluntad popular, generando los espacios necesarios para corregir los posibles errores y desvíos que, durante la manifestación de la misma, se hubiesen producido. Esta etapa del proceso tiene por finalidad inmediata el control de legalidad definitivo de la elección, previo a las operaciones de adjudicación de cargos y proclamación de los electos, con lo que la tarea electoral llega a su fin.

Todo proceso electoral se inicia elaborando el cronograma electoral que tiene entre las partes importantes: aprobación del Calendario Electoral, publicación, periodo del proceso de empadronamiento (inscripción al registro cívico), recepción o registro de candidatos (si se trata de elecciones), publicación de candidatos habilitados, publicación de la ubicación de asientos y recintos electorales, sorteo de ubicación de candidaturas en la papeleta electoral (en el caso de elecciones), inicio del periodo de publicidad electoral, entrega del padrón electoral consolidado, sorteo de jurados electorales, publicación de la lista de jurados, reunión o junta de jurados electorales, Designación de jueces electorales, Capacitación de Jurados electorales, publicación de ubicación de mesas en asientos y recintos electorales, Día del Proceso Electoral (Sufragio Electoral), inicio del proceso de Cómputos Departamentales y Nacional, publicación de resultados: Es necesario tomar en cuenta que la entrega de resultados podrá prolongarse brevemente si hubiese existido mesas observadas donde obligatoriamente se tiene que repetir el acto de votación.

Es indispensable tratar lo que significa el principio de preclusión, que significa que los actos procesales y resultados aprobados por las salas plenas departamentales y nacionales no podrán ser sujetos de observación o reclamo por candidatos o partidos políticos. Los plazos electorales en su etapa legal, regulatoria u operativa cuentan con una particularidad que reviste la condición de característica esencial, esto es el efecto preclusivo que conducen sus vencimientos. Esto significa que el vencimiento de los términos previstos por la normativa electoral cierra definitivamente esa etapa, sin posibilidades de ingresar nuevamente a la misma.

En las leyes 018 y 026 no se menciona sobre este principio que es de mucha importancia, sin embargo en el anterior código electoral se indica este punto en el Artículo 163º.- (Preclusión). El escrutinio o sea el conteo voto por voto, y el cómputo de la mesa de sufragio o suma de los resultados, los realiza única y definitivamente el jurado electoral al momento de elaborar y suscribir el acta, no debiendo organismo electoral alguno repetir ni revisar este acto.

En todo proceso electoral se deben conocer lo que son los Sujetos del Proceso Electoral que son aquellos que tienen parte en el proceso como autoridad o como actores del mismo cumpliendo roles fundamentales para el adecuado desarrollo de las elecciones. Unos en cuanto organizadores y directores del proceso, otros como partícipes necesarios y finalmente quienes persiguen a través del mismo su objetivo principal, esto es la obtención de la mayor cuota de poder luego de la elección. Revisten la calidad de sujetos: 1. Los Organismos Electorales que cumplen la función o la calidad de directores del proceso electoral en su doble aspecto, esto es judicial por un lado y administrativo u operativo por el otro. La tarea a desarrollar por estos organismos deberá estar signada por la profesionalidad, objetividad y eficiencia de sus actos y de sus integrantes.

También resulta fundamental la neutralidad que debe presidir toda su actividad, puesto que la falta de una actitud claramente objetiva y ecuánime no hace más que restarle legitimidad a los distintos actos llevados a cabo, disminuyendo su efectividad y transparencia y generando situaciones de desconfianza que repercutirán directamente sobre los mismos organismos electorales, que poco a poco irán perdiendo el control del proceso, con las graves consecuencias institucionales que ello implica. 2. El Cuerpo Electoral que es el conjunto de personas que, cumpliendo con las exigencias requeridas por la normativa electoral vigente (Mayoría de Edad, Domicilio, Etc.) son participes importantes en el acto electoral 3. Los Actores Políticos Entre ellos encontramos a las fuerzas políticas y sus representantes, las que a través de la postulación de candidatos aspiran a acceder al control de los órganos políticos del Estado.

Finalmente se encuentran los Medios de Participación que son los instrumentos y métodos de los cuales se valen el cuerpo electoral y los actores políticos para poder concretar su intervención en el proceso electoral.

(*) Ingeniero

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