Sectores criticaron la instrucción del TCP que prohíbe utilizar minifaldas y escotes
19 jul 2017
Fuente: La Paz, 18 (ANF)
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) vetó 11 prendas de vestir. Mediante el instructivo 065, el presidente Osvaldo Valencia dispuso que el personal de esa entidad debe vestir de manera "formal y discreta", y prohibió a las mujeres utilizar blusas transparentes, minifaldas y escotes; esta decisión generó una serie de críticas por parte de legisladores e incluso la Defensoría del Pueblo calificó de una vulneración a los derechos de las féminas.
El comunicado TCO-DGAF-JRH N° 065/2017 circuló este pasado lunes, el mismo señala que por instructivo del presidente del TCP se reitera a todos los servidores públicos "concurrir a la institución los días hábiles de trabajo con vestimenta formal y discreta".
Asimismo, se difundió una lista de 11 prendas de vestir que no pueden ser utilizadas por el personal del Tribunal Constitucional Plurinacional entre las que se encuentran: pantalón jean de cualquier color, pantalones estampados, botas largas, calzas, chamarras, chamarras de cuero, poleras, minifaldas, blusas transparentes y escotes, vestidos cortos y zapatillas (inclusive el día viernes).
Ambos comunicados están sellados por la jefatura de Recursos Humanos del Tribunal Constitucional Plurinacional. Asimismo el documento establece que de "manera excepcional" se permitirá que el día viernes asistan a su fuente laboral con "ropa informal" refiriéndose a jeans y polera institucional-opcional.
En el caso de los servidores públicos que pertenecen a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, se respetará su vestimenta, sin embargo, estas personas deben acudir a la Unidad de Recursos Humanos "a efectos de registrar su vestimenta originaria para fines de control".
El Tribunal Constitucional es la máxima institución que vela por el cumplimiento de los derechos de las personas y porque la Constitución Política del Estado se cumpla.
OPOSICI?N
Ante este instructivo, no tardaron en llegar las críticas, es así que senadores del MAS criticaron y pidieron la anulación de la circular del Tribunal Constitucional Plurinacional en la que se prohíbe el uso de 11 prendas de vestir entre ellas las minifaldas, los escotes y las blusas transparentes. La jefa de bancada por el MAS, Nélida Sifuentes, calificó de "desacertada" y "discriminatoria" la medida.
"Tendrán que anular esa circular", declaró la legisladora chuquisaqueña, quien dijo que es un comunicado "desacertado", porque no se puede obligar a todo el personal que usen corbatas, porque en el Estado Plurinacional hay una diversidad de servidores públicos.
"Seguro es decisión de algunos funcionarios administrativos. Deberían ocuparse más de temas de constitucionalidad y justicia en vez de ocuparse de la vestimenta", acotó la senadora Sifuentes.
Alegó que la "naturaleza" de las mujeres es vestirse bien y ser elegantes "a una mujer siempre le gusta ponerse minifalda", ya sea las mujeres de vestido o las de pollera. Defendió el derecho de que las féminas elijan libremente la forma de sus atuendos.
Su colega René Joaquino planteó que esta entidad evite criterios discriminatorios y construya una imagen corporativa que sin duda considera importante por el tipo de institución que es el TCP. Porque "lamentablemente creo que ha exagerado y raya en la discriminación" su comunicado interno.
DEFENSORÍA
En tanto la Defensoría del Pueblo expresó este martes su posición sobre el derecho a la apariencia personal luego de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) prohibiera al personal femenino de esa entidad utilizar minifaldas y escotes e instruir usar ropa "discreta".
La Defensoría sostuvo al respecto, mediante un comunicado, que la restricción del derecho al desarrollo de la personalidad, en cuanto a vestimenta "formal" y "discreta" y sus precisiones, "es vulneratorio cuando la limitación no es objetiva ni razonable sino reproductora de estereotipos ajenos a la realidad boliviana, a la pluralidad de sujetos, naciones y pueblos que la componen, y que discriminan a ciertos sectores sociales, toda vez que la forma de vestir ha constituido una manera de segregar y estigmatizar a las personas.
La entidad sustenta su posición en los Artículos 13 y 14 de la Constitución Política del Estado. "Extraña que en el Estado Plurinacional de Bolivia, la jurisprudencia y las disposiciones de menor rango, e incluso las prácticas, conserven una brecha respecto a la apariencia personal.
Fuente: La Paz, 18 (ANF)
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