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Viernes 14 de julio de 2017

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Editorial y opiniones

El matrimonio como núcleo familiar

14 jul 2017

Ramiro Siles Velasco

La esencia de la familia o el núcleo familiar es la que se forma de la unión de dos personas, un hombre y una mujer con la consiguiente procreación de hijos varones y mujeres, -en carencia de estos con la adopción de hijos- dando lugar a la unión de la familia y el parentesco entre sus miembros que la componen. La esencia es la unión de dos personas de diferente sexo.

Una de las estructuras que sustentan la sociedad en que vivimos es la familia, que se forma legalmente por medio de la institución del matrimonio, a la que se puede definir como "una institución social que se caracteriza principalmente por establecer una vínculo conyugal entre sus miembros que serán dos individuos, uno correspondiente al género masculino y el otro al femenino"

Es decir el matrimonio se dará entre la unión de un varón y una mujer entendiendo biológicamente como "hombre a todo ser humano que, producto de la fertilización del óvulo por parte de la célula espermatozoide, porta los cromosomas XY. El aspecto anatómico, el hombre contará con un sistema reproductivo constituido por los órganos sexuales: pene, testículos, vaso deferente y próstata". En tanto que la mujer es "el ser humano que, producto de la fertilización del óvulo por parte de la célula espermatozoide, porta los cromosomas XX. El aspecto anatómico, la mujer contará con un sistema reproductivo constituido por los órganos sexuales: ovarios (productores de hormonas femeninas y fuente de los óvulos), trompas de Falopio (destinadas a la conducción del óvulo y del embrión), útero (órgano de la implantación habitual del embrión), vagina, vulva y senos

Esta unión no solamente goza del reconocimiento social sino que además la misma se encuentra reconocida legalmente a través de la pertinente disposición jurídica. Desde el punto de vista del derecho así como desde el de la sociedad y la religión, el matrimonio tiene como finalidad principal la de constituir una familia, es decir, esa pareja que se une en matrimonio está sentando las bases para que los frutos de la misma, o sea, los hijos nazcan, crezcan y se desarrollen al resguardo, cuidado y contención de la familia.

La familia es la comunidad donde el periodo de vida de una persona desde que nace hasta la pubertad se van enseñando los valores y las relaciones de las personas y la estabilidad familiar son los fundamentos de la libertad, de la seguridad y de la unión en el seno de la sociedad, por eso que la familia se inicia a la vida social. El comportamiento, respeto, educación y convivencia invariable de los padres serán un ejemplo para conseguir una educación responsable y estable para los hijos Lo primero que se enseña en la familia son los valores familiares que serán los elementos básicos para la vida en la sociedad y a lo largo de la vida de cada una de las personas.

Es importante entender el concepto de familia para formar personas con altos conceptos de personalidad, respeto, responsabilidad orientación sexual definida como valores que contribuyen la satisfacción de las necesidades humanas fortificando la relación familiar que es la base fundamental para vivir en comunidad y así relacionarse con las demás personas que permite regular la conducta para el bienestar colectivo y tener una convivencia armoniosa

Cuando hablamos de matrimonio, inevitablemente la primera idea es la unión de dos personas de diferentes sexos, sin embargo en la última década como consecuencia del espacio y los derechos que algunas minorías como los homosexuales transgénero o transexuales -en algunos países- han ganado a fuerza de su lucha y esfuerzos, la aprobación de legislaciones que permiten el matrimonio entre dos individuos del mismo sexo, inclusive hasta se les concedieron los mismos derechos y obligaciones que en una unión tradicional hombre-mujer, como por ejemplo formar una familia a través del trámite de la adopción. El debate sobre la legalización de las parejas homosexuales, que tan rápido despliegue está teniendo en el mundo occidental, enfrentamientos de preceptos y posiciones encontradas sobre el concepto de matrimonio a cualquier unión entre personas con reconocimiento social, cultural y jurídico

Personas que están de acuerdo suelen usar criterios derivados de la igualdad de las personas ante los derechos humanos. Los que no están de acuerdo con esta posición recuerdan la etimología de la palabra latina matrimonium: el derecho de ser madre dentro de una legalidad.

El término, en tanto presupone la relación entre un hombre y una mujer de donde puede surgir una nueva vida lo que no ocurre en una relación homosexual no importando las operaciones a las que se someterían para cambiar de sexo

La dimensión del problema es aún mayor. Detrás de las discusiones se parapetan múltiples enfoques atentos al concepto de persona humana, el orden moral y social que debe existir, y el modelo de civilización al que se aspira. Son cuestionamientos que se ventilan (a veces se filtran en silencio, matizan una la sociedad actual hasta generar pensamientos y comportamientos que emergen en el foro público bajo el auspicio de organizaciones y movimientos de presión, e hilvanados en el molde de proyectos de ley o cambios constitucionales, reformas a los derechos civil y de las familias.

La evolución de estos movimientos ha generado en otros países ideas sobre la condición homosexual y la utilidad del matrimonio, sobre la adopción de niños frente a una adecuada formación moral psicológica y social que tiene un niño nacido dentro un matrimonio heterosexual.

La Constitución Política del Estado (CPE) en el art. 63 dice: "I El matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. II Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquéllas".

En tanto que la ley 807 del 21 de mayo de 2016 sobre la identidad de género establece el procedimiento para el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en toda documentación pública y privada vinculada a su identidad, permitiéndoles ejercer de forma plena el derecho a la identidad de género.

Quedando establecido que en el país no se ha aprobado el matrimonio entre personas del mismo sexo, la adopción de niños por estos, por que antes se debe modificar la CPE y para esto es necesario un referéndum porque se trata de un problema social que afecta al desarrollo normal de la familia en sociedad. Cualquier acto o resolución contraria estaría vulnerando el ordenamiento jurídico vigente en el país.

(*) Ingeniero

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