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Viernes 26 de mayo de 2017

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Editorial y opiniones

Sufragio poder de la democracia

26 may 2017

Ramiro Siles Velasco

En cada columna que me ocupa escribir y analizar diferentes aspectos o puntos de interés general, he tomado como norma o estilo al abordar temas, iniciar conceptualizando los puntos que considero, son importantes. Por esta razón y siguiendo esta metodología ingresaré al tema tratando de conceptualizar el sufragio, y se podría decir que es "aquella institución de carácter democrático de derecho público, que concede la facultad a todos los ciudadanos de un país a elegir a sus gobernantes, legisladores, gobernadores alcaldes, administradores de justicia, o decidir sobre temas de interés nacional mediante la participación ciudadana". También se puede definir como "el sistema de elección para los cargos públicos mediante la manifestación de la voluntad popular El actual sistema electoral general, establece el sufragio universal o concesión del derecho de voto a todos los ciudadanos mayores de edad, teniendo su origen este sistema en el sufragio restringido registrado, "por el cual se atribuía el derecho de voto a las personas que acreditaran su inscripción en el padrón electoral.

El sufragio "es el mecanismo jurídico-político mediante el cual los ciudadanos ejercen el derecho reconocido por el ordenamiento jurídico legal a participar en la determinación de la orientación política general del Estado, a través de la designación de sus representantes o mediante la votación de aquellas propuestas que le sean sometidas". En otras palabras, es el instrumento por el cual el ciudadano selecciona a aquellos otros ciudadanos para que los representen en los cargos populares necesarios para la conducción de los asuntos del país, o brinda su acepción sobre un tema de interés nacional si se trata de un referéndum de carácter vinculante.

El sufragio es entonces un derecho fundamental de naturaleza política, que tienen los ciudadanos para participar activamente en los asuntos públicos, ya sea en forma directa o por medio de representantes; cumpliendo entonces, por un lado, una función eminentemente electoral, -por la cual se elige a los representantes- y por otro, una función normativa que se traduce en la posibilidad de aceptar o rechazar un texto legislativo, intervenir en su procedimiento o incluso en su iniciación, en este caso a través de la figura del referéndum por ejemplo.

Las anteriores consideraciones nos conducen obligatoriamente a establecer, dos modalidades esenciales del sufragio: una activa que se traduce como vimos en la posibilidad de concurrir con su ejercicio en la selección de los representantes a los cargos de elección popular (derecho a elegir), y una pasiva que consiste en la oportunidad que le asiste a todo elector de ser elegido para esos cargos públicos, ofreciendo para ello su propuesta al resto de electores (derecho a ser electo), encontrándose ambos estadios de acción comprendidos en el ámbito del sufragio como derecho político. El sufragio se considera el ejercicio de derechos, consagrado en las leyes.

Los derechos políticos se dirigen a los ciudadanos para posibilitarles participar en la expresión de la soberanía nacional: derecho al voto en las elecciones y plebiscitos, derecho de elegibilidad, derecho de adhesión a un partido político, etc. Son los que posibilitan al ciudadano a participar en los asuntos públicos y en la estructuración política de la comunidad de que forma parte. El ejercicio de estos derechos en sede estatal, lejos de colocar al ciudadano electo en lejanía, separación u oposición a tal Estado, lo que hace es habilitarlo para tomar parte en la articulación y planificación política de la sociedad de la cual es miembro. Son derechos que están destinados a los ciudadanos para posibilitarles la participación en la expresión de la soberanía nacional; su fin primordial es evitar que el Estado (mediante cualquiera de sus funciones, ejecutiva, legislativa, judicial, electoral) invada o agreda ciertos atributos del ser humano.

El derecho de elección, como derecho político, también constituye un derecho humano de primer orden, y por tanto, es un derecho fundamental y resulta incuestionable hoy día que una de las mayores conquistas políticas realizadas por nuestros líderes de antaño, fue el reconocimiento del sufragio como mecanismo de garantía para la elección de los gobernantes, facilitando con ello además la posibilidad de aspirar en igualdad de condiciones, a cargos de representación nacional.

Esta figura no obstante encontrarse en la actualidad plenamente arraigada en nuestra cultura democrática, fue producto de un proceso de madurez política que tomó muchos años en forjarse, pues en los inicios de su vida independiente, Bolivia tenía un modelo de sufragio que como veremos, no fue ni directo ni universal como lo es actualmente, prestándose inclusive en algunos casos, para manipulaciones electorales que si bien censurables, posteriormente ayudaron a entender su magnanimidad como elemento vital para la democracia.

Bajo esta tesitura ninguna nación del mundo que se atribuya una naturaleza democrática puede, en momento alguno, socavar o limitar el ejercicio o la pureza de este derecho-deber, que es precisamente lo que da vida a cualquier Estado democrático, pues no resulta exagerado pensar que un gobierno que no resulte instaurado de un proceso donde se haya plasmado la voluntad popular, no puede considerarse un verdadero gobierno.

La democracia como sistema gubernamental y más aún en su acepción etimológica, supone el poder o autoridad del pueblo que lo delega por medio de la soberanía popular, en sus representantes legítimamente escogidos, para la conducción de los asuntos de interés común. Por ello es que la democracia debe concebirse como un sistema de participación en la elaboración de las principales decisiones que afectan al cúmulo de ciudadanos; pero no de una forma pasiva sino activa en el tanto se concurre con la voluntad popular a expresar los intereses de la colectividad.

Sin sufragio no puede haber democracia, porque esta, es el poder del pueblo delegado, por tanto corresponde su debido ejercicio y protección, de la mano también de un Estado responsable; en el momento en que las decisiones esenciales de la nación se aparten de los cánones impuestos por la democracia, se dejará de promulgar su existencia y reinará la dictadura.

(*) Ingeniero

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