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Martes 23 de mayo de 2017

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Suplemento Policial

Juez cautelar, Sergio Vásquez

Aprehensión de fiscal Max Copa fue ilegal

23 may 2017

Fuente: LA PATRIA

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La tarde del domingo el juez cautelar de turno, Sergio Vásquez, determinó las medidas sustitutivas a la detención preventiva del fiscal Máx Copa, quien fue imputado por los presuntos delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y a la ley. Aquella determinación fue porque la autoridad jurisdiccional consideró que la aprehensión fue ilegal, la imputación incoherente, además el fiscal imputado no acreditó domicilio durante el actuado.

Ayer, LA PATRIA dialogó con el juez Vásquez, quien explicó los motivos de la decisión que lo llevaron a tomar esa resolución mencionada de medidas sustitutivas, que implica detención domiciliaria, arraigo en territorio nacional, la obligación de presentarse semanalmente al Ministerio Público para el registro correspondiente, la prohibición de comunicarse con otro coinvestigado y la acreditación de fianza personal, entre otras.

Indicó que se realizó la audiencia cautelar el domingo, en atención a la imputación presentada por una comisión de fiscales en contra del fiscal Máx Fernando Copa.

"La determinación fue en mérito a la revisión de cuaderno jurisdiccional, el Ministerio Público ha vulnerado derechos, se ha evidenciado la vulneración de derechos al momento de su aprehensión, primordialmente porque la investigación se la ha realizado en 24 horas, el Ministerio Público ha emitido una orden de aprehensión en contra del fiscal sobre la base del artículo 226 del Código de Procedimiento Penal", indicó.

Ese artículo señala en su primera parte que: "El fiscal podrá ordenar la aprehensión del imputado cuando sea necesaria su presencia y existan indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública, sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años, y de que pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad".

Sin embargo, el fiscal Copa se presentó a declarar. Asimismo, dijo que se verificó de manera contradictoria, que el mandamiento de aprehensión, suscrito por la comisión de fiscales integrados por Daniel Peterito y Amparo Tonoco, prevenía el artículo 224.

Ese artículo señala que si el imputado citado no se presentara en el término que se le fije, ni justificara un impedimento legítimo, la autoridad competente librará mandamiento de aprehensión.

"No había coherencia entre (los artículos) 226 y 224 del Código de Procedimiento Penal. En este caso, el fiscal Copa sí ha ido a presentar su declaración y quedó demostrado que hubo una aprehensión completamente ilegal", señaló.

IMPUTACIÃ?N

El juez Vásquez indicó respecto a los argumentos de la imputación, que "no había coherencia" en el requerimiento.

"Se imputa por dos delitos, resolución contraria a la ley e incumplimiento de deberes. La normativa es clara, contiene tres modalidades de la comisión de este delito, son tres párrafos que están establecidos en el artículo 153 y dos párrafos en el artículo 154. No se ha adecuado correctamente a cuál de estos párrafos se adecua esta imputación, al margen de no haber señalado los elementos constitutivos de un tipo penal y no se ha convencido al �rgano Jurisdiccional, a cuál de estos tres párrafos corresponde la imputación", dijo.

Por otro lado, se le consultó si no hay coherencia tanto en la aprehensión como en la imputación, por qué el fiscal Copa mereció la detención domiciliaria. Ante ese hecho, Vásquez afirmó que el fiscal Copa no ha demostrado un domicilio correctamente y con un documento idóneo.

"Se ha demostrado un lote de terreno, pero un lote de terreno no se puede constituir habitabilidad y habitualidad, es más, hay otro presupuesto que en esta libertad va a influenciar sobre otro coinvestigado, entre otras", añadió.

Fuente: LA PATRIA
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