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Viernes 21 de mayo de 2010

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Viernes 21 de mayo de 2010
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Oruro - Regional

Coteor

Se declaró improcedente el recurso interpuesto por candidatos perdedores

21 may 2010

Fuente: LA PATRIA

Además de tener que pagar 1.000 bolivianos por no haber llegado a más de 100 votos, deben pagar Bs. 1.000 por costes

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El Tribunal de Amparo Constitucional de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro declaró ayer improcedente la acción de amparo constitucional que interpusieron tres candidatos perdedores, en las elecciones de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro (Coteor Ltda.), en contra del Comité Electoral.

Hernán Cortez Negrete, Jaime Montaño Vega y Roberto Guillermo Méndez fueron los candidatos que perdieron en las elecciones y que interpusieron el recurso de amparo contra los tres miembros del Comité Electoral, Jorge Barrientos Zapata, Fernando Sandalio Viñola y Paulina Loredo.

Lo que pedían a través del recurso constitucional, fue la nulidad de la posesión de los nuevos consejeros, realizada el pasado sábado 8 de mayo, por el Comité Electoral, indicando que con esa acción se habrían vulnerado sus derechos.

Sin embargo, tanto el representante del Ministerio Público, Fernando Melean, como los vocales Marco Jaimes Molina y el presidente del Tribunal, Julio Huarachi señalaron que con esa posesión ministrada a los ganadores de las elecciones, no se violó ningún derecho, por lo que el recurso de amparo constitucional, es inviable.

“Hemos declarado la improcedencia, por lo tanto se deniega la acción de amparo constitucional respecto a la nulidad del acto de posesión y el derecho a la petición, a la propiedad privada y al principio de la seguridad jurídica”, expresó Huarachi, a tiempo de disponer que esa resolución sea remitida al Tribunal Constitucional.

El presidente del Consejo de Administración, José Luis Lafuente Pinaya, una vez concluida la audiencia, expresó que con la resolución de improcedencia a ese amparo constitucional, se da mayor solidez a la permanencia de todos los consejeros elegidos por voto de los socios, el 2 de mayo.

MULTA

Las tres personas que interpusieron el amparo constitucional, además de pagar la multa que adeudan a la cooperativa, por no haber obtenido por lo menos 100 votos, deben cancelar otros 1.000 bolivianos por costes, determinado por el Tribunal de Amparo Constitucional.

Fuente: LA PATRIA
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