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Jueves 30 de marzo de 2017

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Suplemento Policial

Detención de ciudadano origina observaciones a juez

30 mar 2017

Fuente: LA PATRIA

Autoridad judicial afirmó que se actuó de acuerdo a ley

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La detención preventiva del ciudadano Javier Villanueva originó observaciones en contra del juez cautelar No. 5, Marcelo Salazar, porque según la familia del afectado se obró de manera arbitraria. Sin embargo, el juez aludido afirmó y mostró documentos para establecer que se actuó de acuerdo a derecho.

El 23 de marzo de este año, Villanueva se apersonó a la Cooperativa Paulo VI para dejar una notificación, favor que le hacía a una amiga. La hermana del ahora detenido, Elizabeth Villanueva contó en horas precedentes que se fue a dejar el documento por hacer el favor, al no tratarse de una notificación judicial, sino administrativa, ya que sólo el asunto era entregar dicha notificación.

"Al entrar a la Cooperativa, él fue amedrentado, agredido, según la versión de él por la abogada de la Cooperativa. Entonces llamaron a la Policía. Se reconoce que él se excedió en sus palabras porque manifestó que ellos (funcionarios de la cooperativa) eran maleantes, rateros y al gerente le habría dicho que es un mal empleador y abusivo que está robando a los socios de la Cooperativa Paulo VI", afirmó.

Una vez aprehendido, el fiscal Fernando Pérez no hizo, según la familia del detenido, una imputación de acuerdo al delito que se acomodaba, como calumnias y difamaciones.

"Al decir, ratero, maleante, no se está discriminando, sino difamando. Al decir, mal empleador y abusivo, él lo estaba difamando. Son delitos de orden privado y la única persona que podía activar el proceso, era el representante legal de la cooperativa. El fiscal no podía entrometerse en la causa al no ser delitos de orden público", aseguró.

Asimismo, dijo que en la audiencia cautelar se denunció que no había una adecuación de la conducta al tipo penal y el fiscal se excedió en la imputación, porque Villanueva nunca se hizo pasar de abogado. También descartó la hermana que se hizo pasar por funcionario del Departamento de Trabajo, aunque aquel hecho fue denunciado por los personeros de la Cooperativo Paulo VI, quienes indicaron que Villanueva se alteró cuando se le pidió la credencial de esa institución.

"Cuando se dice funcionario, no está ejerciendo una profesión, porque al Ministerio de Trabajo no necesariamente tiene que ingresar una persona que tenga título, entonces, la adecuación desde ese punto de vista es absurda e ilegal. En el tema de discriminación, él no ha atacado la individualidad de estas personas", afirmó.

Ante esos hechos, dijo la hermana de Villanueva, que el juez Marcelo Salazar de acuerdo a la norma es un juez contralor de garantías constitucionales, por ello, debería devolver la imputación y adecue los hechos a los tipos penales que correspondan.

"Pero él (juez) indica que es atrevido (Villanueva) con el antecedente que anteriormente hubo una fricción entre mi hermano y el juez, por una excusa en el proceso penal que sigue mi hermano en contra del teniente Miguel Ángel Medrano Lobatón que radica en ese juzgado", explicó.

Para la familia de Villanueva, en mérito a ese antecedente es que el juez Salazar decide enviar a la cárcel al afectado por un delito de orden privado. Motivo por el cual, calificó como un delito de prevaricato y de resoluciones contrarias a la constitución.

JUEZ

Por su parte, el juez Marcelo Salazar dijo ayer que la resolución de la detención preventiva, fue emitida en mérito a la imputación formal presentada por el Ministerio Público, que señaló riesgos procesales de fuga y de obstaculización.

"?l ha acreditado contar con una familia, con un domicilio, pero no así con una actividad laboral. Presentó documentos de una funeraria, pero con el padrón municipal de otra actividad que no coincidían entre el NIT del padrón municipal con el NIT que presentó este ciudadano. En ese mérito, al no acreditarse la ocupación, no se ha llegado a desvirtuar el numeral 1 del artículo 234 del Código de Procedimiento Penal", explicó.

Añadió, al no contar con un arraigo natural, no se puede dejar de lado la facilidad que él tiene para abandonar el país.

Por otro lado, respecto al tipo de calificación del delito observada por la familia que debería ser calumnia y no discriminación, el juez afirmó como juzgadores, que no se puede permitir que ninguna persona exprese las "magnitudes" que Villanueva afirmó en contra de funcionarios de la Cooperativa y de policías.

Respecto a la suplantación, Salazar dijo que, para ser funcionario del Ministerio de Trabajo, una persona debe tener una preparación adecuada en leyes.

"Se le ha pedido su credencial, se la ha pedido que se identifique, se ha llamado al Ministerio de Trabajo para poner en conocimiento que era funcionario del Ministerio de Trabajo, pero la respuesta del director de la distrital fue que él no era personal del Ministerio de Trabajo, en ese aspecto es que la autoridad fiscal ha configurado este tipo de delito", subrayó.

De acuerdo a la norma, el fiscal sólo necesita indicios para establecer una calificación provisional. "La calificación que se ha realizado al imputado es provisional, eso cambiará su variabilidad, cuando se demuestre lo contrario".

Añadió el juez que Villanueva dice ser economista, pero en los papeles que se presentó sólo había un título de egresado en Economía y no así un título en provisión nacional.

APELACI?N

La defensa del imputado realizó la apelación respectiva al fallo a la detención preventiva, que será remitida ante un Tribunal de Alzada, el cual verificará la apelación, ratificará la resolución del Juzgado Cautelar No. 5 o la revocará.

Fuente: LA PATRIA
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